BCU reitera normas sobre billetes falsos retenidos por instituciones financieras
El Banco Central reiteró a las instituciones financieras la normativa existente con respecto a los billetes falsos que se retienen, a la vez de solicitar un informe desde noviembre del año anterior en adelante sobre los billetes incautados.
Según normas vigentes, las instituciones financieras deben mensualmente informar sobre billetes retenidos. El plazo establecido es de cinco días hábiles siguientes al mes anterior.
En una comunicación librada recientemente el BCU aclara que «dicha información deberá venir descriminada por especie y moneda, precisando si dichos billetes fueron retenidos por presumirse falsos propiamente dichos o si fueron retenidos por presumirse falsos al estar armados con partes de diferentes billetes».
Se agrega que con la información correspondiente a mayo, se deberá agregar un informe que abarque del 1º de noviembre de 2000 al 30 de abril de 2001.
Por otra parte, el BCU está empleando una nueva metodología para destruir los billetes sacados de circulación.
Los cambios introducidos por la institución consisten en pasar dos veces por la máquina destructora los billetes desechados, lo que los convierte casi en polvo, sin que queden partes completas del mismo. El Banco Central adquirió recientemente una nueva máquina destructora de billetes con la última tecnología en la materia.
Asimismo se gestiona ante la Intendencia de Montevideo la posibilidad de que esos restos se incineren en alguno de los hornos que posee la comuna.
Los billetes se destruyen por funcionarios del BCU con la presencia de veedores o auditores que garantizan la transparencia de dicho proceso.
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