Empresas. Cambios para herederos de directores y gerentes

Los descendientes heredarán deudas

LA REPUBLICA consultó sobre el tema al director de Rentas, Pablo Ferrari, quién dijo que en la ley de presupuesto «se propone que los sucesores de los responsables de obligaciones tributarias también respondan por las mismas».

Hasta ahora la referida responsabilidad de sucesores está reducida a los sucesores de contribuyentes.

Ferrari acotó que «no obstante, solamente se extiende a los sucesores de responsables efectivos de las obligaciones de esos contribuyentes y no involucra a aquellos sucesores de quienes no tuvieran la calidad de efectivos responsables».

Para echar más luz sobre este tema, LA REPUBLICA dialogó con Gianni Gutierrez, del Estudio Ferrere, quién explicó cuales son los cambios propuestos.

«Uno de los cambios del proyecto de ley de presupuesto es que los herederos de un director o representante de una empresa van a ser responsables de las deudas tributarias que el director generó cuando administraba la empresa. No se trata de deudas propias del director sino de deudas de impuestos de la empresa generadas y no pagadas durante su administración» sostuvo.

Acotó que hasta ahora los herederos solo podían ser responsabilizados por la deudas que el causante tenía como contribuyente. A vía de ejemplo, los hijos de un abogado podían ser responsabilizado por las deudas de IRPF e IVA que su padre no había pagado. Para no responder con su patrimonio los hijos podían aceptar la herencia bajo beneficio de inventario. Eso quiere decir que recibirían solamente aquella parte del patrimonio del padre restante una vez pagadas todas las deudas del muerto, incluidas las de impuestos.

A partir de la ley de presupuesto los herederos de directores podrán ser responsabilizados por las deudas de la empresa de la que el padre era director o gerente. En el caso de los gerentes solo cuando tenía poder de representación de la empresa. Obviamente, que para exista responsabilidad debe existir una deuda fiscal de la empresa por la que la DGI responsabilice al director. Por supuesto, los herederos siguen teniendo la posibilidad de aceptar la herencia bajo beneficio de inventario, dijo Gutierrez.

Por ejemplo si un director de una empresa muere en el 2010 y la DGI determina en el 2012 que la empresa pagó impuesto de menos. Si los herederos aceptaron la herencia del director sin beneficio de inventario, deberán pagar las deudas que se generaron en la empresa cuando su padre era director de la misma y la administraba.

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