Fundación Teletón comunica a las empresas

La Fundación Teletón ha sido incluida entre las entidades beneficiadas por el mecanismo de donaciones especiales previsto en el Capítulo XIII del Título 4 del Texto Ordenado 1996, con las siguientes limitaciones establecidas por el Poder Ejecutivo:

-Las donaciones recibidas por la Fundación en el presente año al amparo de este beneficio no pueden superar las 35.000 U.R.

-Las donaciones consideradas en forma individual al amparo de este beneficio no pueden superar las 3.500 U.R.

Adicionalmente, las donaciones recibidas dentro del régimen de donaciones especiales no pueden superar el 62% total de donaciones recibidas de empresas.

Este beneficio permite a las empresas computar las donaciones realizadas por este régimen:

-El 75% como pago a cuenta del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE) y/o del Impuesto al Patrimonio (IP).

-El 25% restante como gasto deducible a efectos de la liquidación del IRAE.

Como resulta imposible para la Fundación otorgar este beneficio a todas las empresas que lo soliciten, se limitará el mismo a las empresas que realicen donaciones superiores a $ 260.000.

Sin perjuicio de lo anterior, a efectos de permitir la mayor cantidad de empresas resulten favorecidas, y considerando el límite impuesto por el Poder Ejecutivo, la Fundación ha resuelto computar de cada donación realizada por las empresas beneficiadas, el 62%. dentro del beneficio, recibiendo el restante 38% como donación ordinaria.

De esta forma, por cada peso donado al amparo de este beneficio, sólo aproximadamente la mitad significará un costo para la empresa donante.

Las empresas que estén interesadas en realizar donaciones al amparo de este beneficio, deberán inscribirse previamente en el Área Administrativa del Centro Teletón al teléfono 304-3620 o por correo electrónico dirigido a [email protected]

Te recomendamos

Publicá tu comentario

Compartí tu opinión con toda la comunidad

chat_bubble
Si no puedes comentar, envianos un mensaje