IRPF. Serán miles quienes concurran a la DGI

DGI lanza campaña sobre  declaración anual de IRPF

El próximo lunes 9 de junio se comenzará a informar sobre los detalles de la presentación de la Declaración Jurada (D.J.) anual de IRPF por el período julio­diciembre 2007, formulario 1100, para quienes deban presentar la misma.

En conferencia de prensa, el director general de la DGI, Nelson Hernández, comunicó que el lunes estarán habilitados para informar en todas las oficinas de la DGI y locales descentralizados en algunos Abitab; como, quien, y cuando, deben presentar la mencionada declaración.

Además, a partir del lunes 16 de junio se comenzará a proveer confección «asistida» a las personas con rentas de trabajo dependiente.

La DJ es un formulario electrónico, que se puede bajar de la página web de DGI (www.dgi.gub.uy).

Existen dos formas diferentes de presentar la DJ, en forma magnética, o vía web previa solicitud de la clave.

La confección la puede realizar el mismo usuario, o puede pedir la confección «asistida», que es la elaboración de la declaración jurada por parte de funcionarios de la DGI, en los puestos de la DGI o en los lugares descentralizados.

Cabe aclarar que esta asistencia que proveerá la oficina recaudadora, es solo para las personas que hayan obtenido rentas como dependiente, y no para aquellas que sean trabajadores independiente, quienes además deben liquidar el IVA en esa misma declaración.

 

Serán miles

La DGI estima que deben presentar esta declaración alrededor de 60.000 personas. De los cuales, 20 mil son trabajadores independientes; y 40 mil trabajadores dependientes con multi-ingreso, cuyos ingresos hayan superado los $130.000 en el semestre, unos $20.000 por mes.

El director de rentas Hernández, hizo la aclaración de los $130.000, por el decreto del Poder Ejecutivo del pasado 28 de abril, donde se excluye de la presentación de la declaración jurada para aquellas personas que no hayan superado ese monto. Por la vía de los hechos, esta es una forma de aumentar el mínimo no imponible, y de alejar a miles de personas más de las oficinas de la DGI.

 

Rentas de capital

En esa misma DJ (formulario 1100), serán declaradas las rentas de capital, es decir las rentas por alquileres, intereses cobrados, incremento patrimonial por venta de bienes, etc.

Pero en este caso tampoco es obligatorio presentar la declaración, siempre y cuando las rentas por esos ingresos hayan sido retenidas por otros agentes, o hayan sido anticipados por el contribuyente.

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