Reclamos. Pedía US$ 38 mil por intereses no cobrados y daño moral

Inversor pierde demanda contra dueños del ex Banco Comercial

Un particular que había iniciado una demanda contra los bancos dueños del ex-Banco Comercial y el Banco Central, perdió la misma en un juicio que sienta precedente en esta materia.

Un inversionista (FGDH) había adquirido bonos del liquidado ex-Banco Comercial por un valor nominal de US$ 50 mil, con una tasa anual del 8,875% y vencimiento en 2009. Los intereses se pagaban cada seis meses (mayo y noviembre) y el inversionista cobró el último en mayo de 2002.

El demandante solicitó la devolución del capital así como los intereses generados y a generar, o sea desde noviembre a 2002 a mayo de 2009 (15 semestres de US$ 2.187) totalizando US$ 32.812 más daño moral US$ 5.000 y un 15% por honorarios profesionales(US$ 5.600). En total y por lo tanto la demanda se ubicaba en US$ 43.412.

El Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 2º Turno fue quien falló a favor de los bancos extranjeros que fueron accionistas de Banco Comercial en la primera sentencia que resuelve las disputas entre éstos y los tenedores de bonos del Banco Comercial. La sentencia estableció que no se probó durante el proceso que Credit Suisse, Dresdner Bank y JPMorgan Chase hubieran tenido responsabilidad alguna en el fraude que llevó a la quiebra al Banco Comercial.

El juzgado dijo que para pedir la responsabilidad de los accionistas, el reclamante tendría que haber probado que los bancos cometieron un fraude. Concluyó que si no hubo participación en el fraude de los Rohm, reclamar la responsabilidad de los accionistas va contra artículos expresos de la ley de sociedades.

Según la sentencia, «…se exige la prueba ­no rendida en autos­ que la sociedad ‘sea utilizada con fraude y en perjuicio de los derechos de los socios, accionistas o terceros’ y además se requiere la demostración de la configuración de fraude en perjuicio de los acreedores sustentada en los daños producidos como consecuencia directa de su obrar». La sentencia desestimó la demanda afirmando: «nada de lo cual está probado».

El Juez Contarín especialmente rechazó la teoría de que ‘formar parte de un grupo económico’ sea un argumento para hacer responsable a un accionista. En lo que refiere a los reclamos contra las casas matrices de los bancos, la sentencia dijo que aún cuando cada banco forme con su respectiva casa matriz parte de un mismo grupo económico «tal circunstancia por sí sola no habilita a efectivizar su responsabilidad pues en nuestro marco legislativo ello es una figura lícita».

La sentencia también rechazó un reclamo contra el BCU porque «no puede equipararse el cometido de esta institución a un seguro de depósitos de los ahorristas».

El socio de Ferrere Abogados, Andrés Cerisola, que representó a Credit Suisse, Dresdner Bank Lateinamerika y JPMorgan Chase en este caso, afirmó que «esta sentencia es una de las mayores alegrías jamás recibidas como abogado de juicios».

Señaló que «constituye otro paso importantísimo para dar vuelta la página en este tema en el que los bancos extranjeros que fueron accionistas de Banco Comercial estuvieron bajo ataque por más de cinco años con argumentos absurdos y falsos que hoy quedaron nuevamente desprestigiados.

La socia de Ferrere Abogados, Sandra González, que también fue responsable por este caso, afirmó que «el aspecto más importante de esta sentencia es que, luego de tanta insensatez que se ha dicho en los últimos años sobre grupos económicos y responsabilidades solidarias, la Justicia volvió las cosas a su cauce».

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