Jueza ordena la ocupación de Elit
La jueza Nilza Salvo decretó la ocupación de la empresa Bernal SA (Elit) a pesar de contar con ocho recursos de nulidad presentados por acreedores desde el mes de agosto y dos de inconstitucionalidad de la medida. Todos los involucrados fueron convocados a una audiencia para este viernes con el fin de disponer de los bienes. En la actualidad Elit viene funcionando, pero la determinación de la jueza de la causa determinaría su cierre.
Gran parte de los acreedores de la empresa aspiran a que la Justicia permita el funcionamiento de Elit , ya que Bernal tiene un juicio de seis millones de dólares pendiente con Gralado SA (Shopping Tres Cruces) y esperan que el resultado resulte favorable a la empresa para poder cobrar sus deudas.
El argumento presentado por los acreedores para los recursos de nulidad es que uno de los síndicos elegidos para liquidar la empresa no se encuentra entre los doce principales acreedores, como legalmente debe ocurrir. La lista de los que tenían algo para cobrar fue presentada hace cinco años por el contador de Bernal con errores pero aún así fue avalada por todos los profesionales que la revisaron. Hace unos meses la propia empresa constató el error y presentó una lista corregida que aclara cuánto se debe a cada uno y demuestra que se debe nombrar un nuevo síndico para ejecutarlos.
Sin embargo, el 12 de octubre la titular del Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 14º Turno afirma que «no es posible emitir pronunciamiento sobre el punto sin incurrir en prejuzgamiento», por lo que pide que «se cumpla con la ocupación de bienes dispuesta por resolución Nº 1009/2000″.
La lista de acreedores fue elaborada hace cinco años por el contador Mario Kamil, que incluyó entre los primeros doce a Gralado y Leopoldo Gross y Cía, incurriendo en un error. Recién este año se constató que la lista está integrada en primer lugar por Actisol, Carlos Rother y Cía., Camisas Relámpago, Créditos Directos, Botta José, Lloyds Bank, Surf SA, Floryn SA, Sarco SA, Reston Uruguay SA, Fima Rubin y Welcolan SA. La empresa solicitó que el error fuera enmendado por la Justicia pero eso no sucedió.
Síndico inconstitucional
Originalmente, Gralado SA fue elegido como uno de los síndicos pero cedió su lugar a Leopoldo Gross. Sin embargo, ninguno de los dos tiene derecho legal a ejercer ese rol ya que el artículo 1.565 del Código de Comercio establece que los síndicos deberán ser «elegidos necesariamente entre los doce mayores acreedores personales no privilegiados, según resulte de los libros».
En un recurso de inconstitucionalidad presentado por uno de los acreedores de la empresa se establece que «el hecho de que hayan transcurrido cinco años no subsana el error cometido en la determinación de los doce mayores acreedores personales no privilegiados y que advertido el juez éste debe corregirlo y no convalidarlo». Agregan que la lista «debe resultar necesariamente de la compulsa de los libros y no del listado original que haya presentado el deudor en su momento». A su entender, el error se origina en «la negligencia, omisión y falta de celo de los acreedores informantes y no en un error de Bernal SA o de su asesor contable».
Por otra parte, el abogado de la Liga de Defensa Comercial, Camilo Martínez Blanco, argumenta que la percepción del error por parte del contador de la empresa cinco años después de presentar la lista original es «inadmisible» y «poco profesional». El jurista considera que el pedido para suplantar al síndico se trata de «un nuevo capítulo dilatorio tendiente a prolongar los trámites procesales más allá de lo razonable. A nuestro entender y en cumplimiento de las disposiciones legales corresponde realizar la diligencia de ocupación de bienes ya dispuesta por la sede y dilatada por los sucesivos recursos». Dicha medida fue finalmente adoptada por la jueza aunque todavía no ha sido ejecutada.
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