NOVEDAD EN LA SALIDA DE LA CRISIS FINANCIERA

El Banco Central abre un espacio inédito de autorregulación bancaria, pasible de mejorar la facilitación del crédito

L a modificación, abierta en términos de consulta al público ­hasta el próximo 20 de agosto­ intenta homogeneizar un conjunto de procedimientos que ya el regulador estaba aplicando ante casos particulares y que ahora pretende estandarizar en normas específicas. Dichas modificaciones se aplican a las Normas Particulares 3.8 (clasificación de riesgos crediticios) y 3.12 (constitución de previsiones sobre riesgos crediticios). Las modificaciones habilitan a las instituciones financieras a utilizar indistintamente las normas vigentes o las propuestas a los efectos de calificar a sus deudores en las categorías de riesgo que la SIIF utiliza para exigirle a los bancos las previsiones correspondientes. Los métodos que la SIIF autoriza a emplear «deberán cumplir con determinadas condiciones para ser aplicados por la institución de intermediación financiera, entre las cuales se establece que deberán basarse en las variables que la institución considere relevantes para medir el riesgo de incobrabilidad asociado a cada deudor o a la cartera comprendida».

La SIIF ha diseñado los cambios partiendo de la base que se ha cumplido una etapa de «institución» de la regulación prudencial básica, a partir de lo cual es posible habilitar una etapa de mejora de la eficiencia en los procedimientos cautelares incorporando una participación más activa de las instituciones reguladas.

El Banco Central entiende que se ha conformado un escenario propicio para avanzar en la experiencia propuesta dado que existe un escenario de estabilidad económica con crecimiento importante de la demanda de crédito, al tiempo que se ha completado la etapa de disciplinamiento prudencial básico y que las instituciones incluyendo al regulador han logrado un nivel de profesionalidad adecuado. Implícitamente, la SIIF avanza hacia una apelación mayor a la profesionalidad de las instituciones bancarias en la autorregulación en la intermediación financiera. Al respecto toma una porción de escasa ponderación en el riesgo global del crédito ­el de clientes comerciales de menor endeudamiento relativo- para realizar una experiencia que tiene un potencial de flexibilización importante en un sector de empresas que los bancos pudieran recalificar con apelación métodos más estándar de calificación, propia o independiente, capaces de garantizar exigibilidades mínimas de la normativa pero que admitan ejercicios profesionales propios. La SIIF coloca un énfasis nuevo en la ponderación prospectiva del riesgo o sea, la simulación de la capacidad de pago en los nuevos escenarios incluyendo los adversos o muy adversos.

 

Prospectiva

La SIIF ha utilizado la circunstancia de la presentación pública de la propuesta en procura de subrayar que el regulador no inhibe a ningún banco a que le preste a cualquier persona o empresa. En contrario de lo que a veces se supone, los bancos no tienen «prohibido» vehiculizar ahorro público hacia ningún solicitante de crédito sino que, en defensa de la estabilidad y seguridad del sistema, la SIIF le exige a los bancos que estos previsiones adecuadamente esa utilización del ahorro público. De tal manera, cualquier banco pude prestarle a cualquier empresa o individuo lo que estime conveniente, incluso a deudores clasificados en las categorías de riesgo 3, 4 o 5 ­las de capacidad de pago comprometida, muy comprometida y deudores irrecuperables respectivamente, simplemente que deberá previsionar porcentajes del crédito que según sea la moneda del crédito aumentarán en escalas que van del 20% al 100%.

 

La propuesta en si

La SIIF comunicó a los bancos una propuesta abierta en seis proyectos contemplando las modificaciones que se extienden de los cambios en la clasificación de riesgo y constitución de previsiones para clientes comerciales de menor porte de deuda en relación al patrimonio exigible del banco y el resto del sistema, hasta una función de atención al cliente pasible de ser reconocida en el conjunto de la red bancaria nacional. La propuesta contempla también modificaciones en la red de seguridad del sistema intentando llegar a un estándar de exigibilidad mínimo para todas las instituciones reguladas en lo que refiere a lavado de activos y financiamiento del terrorismo. Basadas en la comunicación de los responsables a nivel del poder ejecutivo en el tema, la SIIF comunica exigibilidades mínimas que, incluso, comprenden el estudio de las «Las relaciones con personas políticamente expuestas, sus familiares y asociados cercanos (quienes) deberán ser objeto de procedimientos de debida diligencia ampliados…» Finalmente la minuciosa propuesta presentada ayer a la consulta pública comprende modificaciones normativas que incorporan la experiencia nacional e internacional en el área del gobierno corporativo de las instituciones y todo lo atinente a la tercerización y locación del procesamiento de datos. *

1 www.bcu.gub.uy/autoriza/sgoioi/com200707.htm

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