Cambios en los aportes previsionales, incluyendo las reformas en la vivienda
Mediante el decreto 241/007 publicado sobre el fin de semana, se ajustaron las tarifas de aportes globales a la construcción y el aporte global rural.
La reducción del aporte patronal de 12,5% a 7,5% ya estaba pautada en la Ley Nº 18.083, pero la semana pasada mediante un decreto reglamentario se estipularon las nuevas tasas del aporte global a la construcción, que antes era de 76% y ahora es de 70% (más el impuesto a la Caja de Profesionales, en ambos casos).
Rurales
También se estipuló el incremento de la tasa de aporte rural por hectárea, al ser derogada la exoneración de aporte patronal que gozaban anteriormente. La tasa de la Unidad Básica de Contribución prevista se fijó en 1,156 0/00 (uno coma ciento cincuenta y seis por mil). Recordamos que el aporte rural se calcula por hectárea Coneat. Además se dio de baja a todas las exoneraciones que pierden su vigencia a partir del 1º de julio de 2007, anunciadas en los artículos 90 en adelante de la Ley Nº 18.083. Las exoneraciones a las cuales se les aplicarán tasas progresivas (2,5%, 2007 5%, 2008 7,5, 2009), deberán ser comunicadas por el contribuyente y cumplir con los requisitos para la exoneración.
En la construcción y reformas
También se corrigió la forma de liquidar el IVA a las obras por administración. La determinación del débito fiscal resultará de aplicar la tasa básica del Impuesto al Valor Agregado (IVA=22%) al monto que surja de multiplicar la base imponible del Aporte Unificado de la Construcción (jornales aplicados en la obra) por el 60%. A ese débito fiscal se le deberá deducir el IVA insumido en los materiales de la obra. La estimación del material insumido en una obra es más o menos el 50% de los jornales incurridos por la obra.
Por lo tanto se presume que si el contribuyente guarda las facturas de materiales adquiridos para la obra, el IVA a pagar será 0.
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