La DGI sigue tras el sector avícola
La Dirección General Impositiva (DGI) dispuso en el sector avícola un sistema de percepción de IVA, al igual que en el sector de las carnes bovinas.
Tras las irregularidades constatadas en el sector avícola, donde la DGI todavía está en trámites administrativos por cobrarle a las empresas irregulares del sector las deudas detectadas, se dispuso que «los establecimientos que faenen aves de la especie aviar gallus gallus serán agentes de percepción de los impuestos al Valor Agregado y a las Rentas de la Industria y Comercio, correspondientes a la comercialización de la misma, cualquiera sea su destino o adquirente, excepto cuando la venta se realice a alguno de los sujetos mencionados por el Decreto 312/006 de 5 de setiembre de 2006″. Estos agentes son los grandes establecimientos que fueron designados agentes de retención en el mencionado artículo y son, entre otros, Tienda Inglesa, Devoto, Macro Mercado. Además, cuando se realice matanza por cuenta ajena, los establecimientos que la realicen serán agentes de percepción en todos los casos. Esta es una herramienta que utiliza la DGI muy a menudo en los sectores donde se constatan irregularidades. En el sector avícola, el año pasado se realizó un operativo para determinar si se estaban realizando los aportes correctamente, y se constató grandes irregularidades. Por lo tanto, la DGI reglamentó la percepción de IVA y de Iric, como lo ha hecho con otros sectores donde se han constatado importantes irregularidades.
En el sector avícola, el Inac (Instituto Nacional de Carnes) tiene un fuerte control sobre la faena, al igual que en el sector de control de faena bovina, por lo que la DGI consideró importante igualar ambos sectores. La DGI podrá cruzar los datos declarados en DGI con los del Inac. Además el Inac informará a la DGI de los movimientos de huevos embrionados registrados en las incubadurías de tales aves.
La interacción en los controles entre organismos del Estado son importantes y están siendo utilizados.
Pagos a cuenta y liquidación
Los responsables designados, quienes faenen aves de la especie aviar gallus gallus o se realice matanza por cuenta ajena, realizarán tres pagos a cuenta mensuales, según las operaciones realizadas entre el 1 y el 10, el 11 y el 20 y el 21 y el fin de cada mes, y vencerán el segundo día hábil siguiente al fin de cada período.
En dichos pagos incluirán los impuestos percibidos; sus obligaciones por los impuestos al Valor Agregado y de Contribución al Financiamiento de la Seguridad Social. Los impuestos percibidos deberán liquidarse mensualmente; en tanto, la liquidación y pago de las restantes obligaciones tributarias propias se regirán por las disposiciones generales.
La herramienta y sus resultados
En el «Resultando» del decreto reglamentario tiene la siguiente expresión: «Que en el sector avícola se han constatado graves irregularidades en el cumplimiento de las obligaciones tributarias que generan condiciones de competencia desleal entre los contribuyentes». Esta es una historia repetida en otros sectores, en los que se ha verificado el mismo tipo de irregularidades, tomándose similares resoluciones.
Tal es el caso de las empresas de limpieza y seguridad, donde se les retiene el 90% de IVA a facturas superiores a determinado monto, y también en los talleres mecánicos, donde las compañías aseguradoras deben retener una parte del IVA al momento de pagar la factura y vertirlo en la DGI.
De esta forma, la DGI se asegura que el aporte de IVA pase por sus «cajas», por lo que puede realizar registros y cruzamientos de información que le permiten facilitar y hacer más eficientes sus controles. *
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