Para bailar habrá que pagar IVA
Una reciente resolución del Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA), dio la razón a la DGI por la que las entradas a las discotecas estarán gravadas con IVA (23%).
Así lo señala un informe realizado por el Estudio Ferrere, en el que se apunta que muchos locales bailables no aplicaban el IVA a sus entradas ya que se entendía que al pagarse un tributo municipal no correspondía aplicar el referido impuesto nacional.
Según indica el abogado Gianni Gutiérrez del Estudio Ferrere, la Constitución señala que no se deben superponer tributos nacionales a municipales y viceversa.
Es por esto que son los municipios quienes cobran la patente de rodados, contribución inmobiliaria y el impuesto a espectáculos públicos.
Si los bailes son un espectáculo público, los puede gravar las comunas pero no el gobierno nacional, pero si no lo son, también deben pagar IVA.
Para la DGI, las entradas a las discotecas deben de pagar ambos tributos (municipales e IVA) hasta que alguno de los impuestos sea derogado o declarado inconstitucional.
Para el TCA, sólo las funciones celebradas en teatros, circos y cines, donde el público es un mero espectador, son los que se deben de considerar un «espectáculo público».
El Tribunal entiende que una discoteca no es un espectáculo público porque quienes concurren son protagonistas de la actividad.
Ahora lo que queda es que las discotecas inicien una acción de inconstitucionalidad, contra la aplicación del IVA. Mientras tanto deberán de pagar IVA de 23% por cada entrada que vendan.
Reforma tributaria equipara las yerbas
La yerba que tiene yuyos paga actualmente el 23% de IVA, mientras que la yerba sin yuyos paga el 14% (IVA Básico).
Desde la DGI se sostiene que sólo las yerbas derivadas de la planta «ilex paraguayensis» (yerba común) deben pagar el IVA básico, mientras que las que contienen yuyos son gravadas con el 23%.
La aplicación de la tasa mínima es porque la yerba mate integra la canasta básica y no así las que contienen otros elementos.
Pero con la Reforma Tributaria se equiparan las yerbas. Un artículo especifica que las yerbas que contengan hasta un 15% de otras hierbas pagarán la tasa mínima. Por encima de ese porcentaje tributarán la tasa básica, que será del 22%, según comentó Nicolás May del Estudio Ferrere. *
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