No podrán publicitar categoría de riesgo

La Comisión de Protección del Ahorro Bancario fijo la normativa para la categorización de las instituciones aportantes al Fondo de Garantía de Depósitos Bancarios en base a rangos de riesgo. El Fondo de Garantía de Depósitos se constituye con aportes de bancos y cooperativas financieras, pero los aportes que deba realizar cada una serán diferentes, ya que se ubicarán de acuerdo al riesgo que el BCU percibe que tiene la institución. Según la reglamentación, la Superintendencia de Protección del Ahorro Bancario asignará a cada banco o cooperativa aportante una categoría de riesgo, a los efectos de la aplicación de las alícuotas que deberán pagar.

En la reglamentación se establece que la categorización de las instituciones aportantes al Fondo de Garantía de Depósitos Bancarios, será objeto de revisión semestral por parte de la Superintendencia de Protección del Ahorro Bancario, mientras que los bancos y cooperativas serán notificados sobre en que categoría se encuentran en los meses de junio y diciembre de cada año. El último artículo prohibe a bancos y cooperativas financieras la divulgación o uso en su publicidad de la categoría de riesgo asignada. *

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