Astori anunció que la reforma tributaria eliminará penalización a los fideicomisos financieros
El anuncio fue comentado positivamente por los participantes nacionales del Congreso que ha convocado en Montevideo a más de seiscientos especialistas y operadores latinoamericanos de la especialidad.
Uruguay es uno de los pocos países en el mundo que no ha logrado aún utilizar un instrumento de crédito creado por el derecho sajón, que utilizan desde hace cientos de años los países nórdicos y cuyo sinónimo de origen es: confianza. Existen varios tipos de fideicomisos pero, básicamente, presentan en común la propiedad de abstraer del giro normal de las empresas o fidecomitentes individuales un activo, bienes o flujos, que cedido a un administrador opera como garantía de repago de créditos. Este tipo de instrumento es utilizado corrientemente en América Latina desde la década del veinte del siglo pasado y han contribuido decisivamente a mejorar o crear condiciones de financiamiento de la producción en países que, como Argentina recientemente, han sufrido quiebres en el sistema financiero y padecen problemas de sobreendeudamiento en las empresas. El fideicomiso es un instrumento pasible de aproximar la oferta y demanda de financiamiento de la inversión reduciendo los riesgos y sus costos. Sin embargo, desde que se completara el marco legal habilitante, en octubre de 2003, Uruguay no ha podido utilizar el nuevo instrumento aún cuando cuenta con inversores institucionales con mucho interés en los proyectos de inversión que pudieran estructurarse con base en el fideicomiso.
Un buen proyecto sustituye malos balances
En la apertura del Congreso, el presidente del Directorio del BCU, Walter Cancela explicó la potencialidad del fideicomiso incluyendo la de dinamizador del sistema financiero: «Se trata de trabajar con empresas que deben volver a ser objeto de crédito, a partir de buenos proyectos o a pesar de tener malos balances».
Hay varias causas que están dificultando la extensión del uso de los fideicomisos. Entre ellas, varias de orden cultural. Pero las dificultades principales se concentran en el adverso tratamiento tributario que tienen, especialmente, los fideicomisos financieros sujetos imponibles del impuesto a la renta empresarial. Más que una penalización o costo tributario agregado, la imposición afecta la misma esencia de los flujos de caja que constituyen la esencia del instrumento. La eliminación de este y otros gravámenes, que en principio no tiene porqué generar pérdidas fiscales, sería lo que el gobierno se apresta a remover luego que se apruebe la reforma tributaria. *
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