Abogados proponen que reforma tributaria se aplique en tres años
Como es sabido los profesionales actualmente no tributan por sus ingresos, y pagan fictos para su jubilación.
La propuesta del gobierno es que con el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas se tribute por todos los ingresos que registran los individuos dentro del territorio nacional.
En la nota enviada por el Colegio de Abogados y firmada por la presidenta del mismo, doctora Edith Wieder, y el secretario de la gremial, doctor Horacio Muniz Durand, señala que la propuesta contenida en los «Lineamientos Básicos para la Reforma Tributaria» «contiene elementos de inequidad e inconveniencia que deberían ser corregidos».
Los abogados aclaran que no se discute la decisión de la aplicación de un Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF), pero se quieren efectuar propuestas, ya que de aplicarse tal como se plantea se generarán «graves perjuicios a los profesionales».
Para el Colegio de Abogados, el sistema propuesto de IRPF es esencialmente injusto porque el ingreso del trabajo se grava de forma significativamente más elevada que las rentas de capital.
«No es justo ni razonable hacer recaer el peso de la tributación sobre las rentas del trabajo dependiente o independiente, que no pueden eludir el impuesto, y todavía con altas alícuotas progresivas, en tanto se premia a las rentas de capital gravándolas con alícuotas proporcionales que, por añadidura, son más bajas, cuando es claro que estas últimas no requieren del esfuerzo personal y son percibidas mayormente por los sectores que exhiben mayor capacidad contributiva», según señala el documento.
En el proyecto las rentas del trabajo se gravan con alícuotas progresivas que van del 10% al 25%, en tanto las rentas puras de capital tendrán una alícuota proporcional del 10% y, en algún caso, del 3%.
Intelectuales
Para el Colegio de Abogados, «los profesionales son trabajadores intelectuales. Se ganan la vida con su trabajo y no ganan sumas que puedan compararse con las que puede percibir un gran empresario o inversionista». Acotan que la propuesta aplica un tributo que «no es un impuesto a la renta, sino un impuesto a los ingresos brutos, con tasas anormalmente elevadas».
Como otros sectores de trabajadores señalan que «lo más grave no es que se admitan o no se admitan deducciones, porque también sería enormemente elevado un IRPF sobre las rentas del trabajo con tasas del 30% o 40% de la renta neta, después de deducir del ingreso bruto los gastos necesarios para obtener o generar dichos ingresos». Para este colectivo «el problema no se soluciona, admitiendo la deducción de dichos gastos y, como se ha insinuado, aumentando la tasa del impuesto».
Una de las propuestas que surge de la nota es la aplicación gradual del IRPF.
«Gravar con una tasa del 25% el ingreso bruto de personas que viven de su trabajo personal, y hacerlo en forma instantánea y sin gradualidad alguna, asegura que la economía de las familias se verá inmediatamente destruida sin posibilidad de acomodarse al cambio», se señala.
La propuesta alternativa
El Colegio de Abogados diseñó una propuesta alternativa de aportación para todos los prestadores de servicios personales fuera de la relación de dependencia y profesionales universitarios. Básicamente la propuesta alternativa consiste en la aplicación gradual del nuevo régimen, a lo largo de por lo menos tres años y la opción para todos los que obtienen renta del trabajo fuera de la relación de dependencia de elegir entre el régimen del IRAE y del IRPF, incluyendo a quienes adopten la forma de una sociedad comercial de tipo personal.
Consideran los mínimos no imponibles como «exageradamente bajos», por lo cual se propone su elevación general «para no gravar con el impuesto situaciones de evidente falta de capacidad de pago por parte de perceptores de rentas puras de trabajo, sea éste desarrollado en forma dependiente o fuera de la relación de dependencia».
Para aquellos profesionales que opten por aportar por IRPF se plantea la admisión de la deducción a los ingresos brutos de un porcentaje ficto del 50% en concepto de gastos necesarios para obtener y conservar la fuente de renta y de los aportes que realicen a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios, Caja Notarial de Jubilaciones y Pensiones, o Banco de Previsión Social – según corresponda – y Fondo de Solidaridad. La suma de ambas deducciones no podrá superar el 70% de los ingresos brutos (porcentaje que es razonable de acuerdo a la realidad de los profesionales independientes y que, por otra parte, es el ficto general que hoy rige en el IRIC para quienes no tienen contabilidad suficiente y, además, es acorde al que hoy rige en el Impuesto a las Comisiones para su arbitraje con el IRIC).
También se plantea deducir los gastos reales de la actividad profesional gravada necesarios para obtener la renta.
Para el Colegio de Abogados, esta propuesta alternativa «consagraría efectivamente un impuesto a la renta que midiera más justamente la capacidad contributiva de quienes, además de los gastos normales que implica el ejercicio de una actividad independiente, deben efectuar crecientes gastos para ejercer en libros, cursos de especialización, informática, etc., y no un impuesto sobre los ingresos brutos o al débito fiscal del IVA o monto facturado por IVA, que se propone en los Lineamientos Básicos» y a la vez «sería mucho más justa que la que se propone, no discriminando a quienes obtienen rentas puras del trabajo respecto de los que obtienen rentas puras de capital». *
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