MÍNIMOS

Gobierno establece salario mínimo en $ 8.960, y BPC en $ 2.819

El Poder Ejecutivo aprobó el decreto mediante el cual establece el salario mínimo nacional en 8.960 pesos mensuales, o su equivalente de dividir dicho importe entre 25 para determinar el jornal diario, o entre 200 para determinar el salario por hora. También determinó el valor de la Base de Prestaciones y Contribuciones (BPC) en 2.819 pesos. Ambos importes comenzaron a regir desde el 1° de enero de 2014.

El Poder Ejecutivo aprobó el decreto mediante el cual establece el salario mínimo nacional en 8.960 pesos mensuales.

El Poder Ejecutivo decretó que el monto de salario mínimo nacional es, a partir del 1º de enero, 8.960 pesos mensuales, o su equivalente de dividir dicho importe entre 25 para un jornal diario, o entre 200 para el salario por hora. El decreto lleva la firma del presidente de la República, José Mujica, y de los ministros José Bayardi  (Trabajo y Seguridad Social) y Mario Bergara (Economía  y Finanzas).

En el decreto se recuerda que la última adecuación del salario mínimo nacional data del 1° de enero de 2013, cuando en dicha fecha el importe era de 7.920 pesos.

Asimismo, se recuerda que el importe mensual para los trabajadores mayores de 18 años, al 1° de enero de 2005 era de 2.050 pesos; y al  1° de enero de 2008 era de 3.416 pesos.

En tanto el monto de salario mínimo nacional al 1° de enero de 2010 era de 4.799 pesos; y al 1° de enero de 2012 era de 7.200 pesos.

Base de Prestaciones y Contribuciones

Por otro lado, el gobierno fijó a través de otro decreto, el nuevo valor de la Base de Prestaciones y Contribuciones (BPC) en 2.819 pesos.

El nuevo importe comenzó a regir desde el 1° de enero de 2014.

En ese marco, el monto mínimo no imponible del IRPF para los trabajadores se fijó en 19.733 pesos, y en el caso del IASS de los pasivos en 22.552 pesos.

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