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BCU recogerá información de titulares de sociedades anónimas

Banco Central del Uruguay

El proyecto que recibió la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados, incluye la variable al texto original, a instancias del sector nacionalista que preside Jorge Larrañaga.

Los funcionarios bancarios que “violenten la obligación de guardar reserva” de los datos reservados, tendrán un régimen de sanciones de relevancia, según el mismo documento.

“Estándares internacionales”

El proyecto fija responsabilidades para la identificación de los titulares cuando exista “cadena de propiedad” de las empresas, limitándose a aquellos que estén en la jurisdicción nacional con lo cual se cumplirán los “estándares internacionales” básicos en la actualidad.

En el caso que una sociedad uruguaya estuviera en manos de otra extranjera, Uruguay no está obligada a averiguar –y revelar- la identidad de los propietarios últimos.

El registro del BCU, alcanzará a los propietarios de S.A. “en comandita por acciones, asociaciones agrarias y cualquier otra entidad residente”, lo que incluirá fideicomisos y fondos de inversión.

Aquellas entidades extranjeras que por sus características deben inscribirse en el Registro Nacional de Comercio, también quedan obligadas a identificar sus titulares.

La Dirección General Impositiva podrá disponer de la información que maneje el BCU tanto para inspecciones internas como a solicitud de entidades impositivas del exterior.

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