Parlamento establecerá plazo para pagar impuesto a las transferencias
La decepción que ha generado en el ministro de Deporte y Juventud la evasión al impuesto de las transferencias de futbolistas al exterior del país, establecido en el Art. 575 de la Ley de Presupuesto, se corregirá cuando el Parlamento apruebe un proyecto de ley que modifica el monto de la tasa –de un 5 pasará al 10%– y llene los vacíos legales que han surgido para recaudar el mismo.
Desde la promulgación de la ley, el pasado 23 de febrero, hasta el pasado jueves, día de emisión del último boletín de pases de la AUF, ésta registró 126 transferencias al exterior para diversos países del mundo.
Sin embargo, de acuerdo a datos oficiales, la AUF, que según el decreto 174/001 del 15 de mayo de 2001 es agente de retención y percepción (el recurso administrativo presentado por el Ejecutivo no tiene efecto suspensivo de la norma), no ha recibido un solo dólar por el cobro del impuesto a las transferencias de los futbolistas.
En la edición del pasado martes 21, el ministro Trobo expresó a LA REPUBLICA su decepción porque no habían pagado el impuesto pese a estar vigente, lo que confirma que debe modificarse el tenor del Art. 575° para establecer plazos y otras condiciones que obliguen a las instituciones y/o agentes de futbolistas a aportar al Estado.
Trobo reconoció dificultades
El ministro Jaime Trobo, en oportunidad de asistir a la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados (21-6-2001), reconoció que no había plazo para pagar el tributo y que la Ley 17.296, no decía nada al respecto. «Es importante establecer dentro de qué plazo se debe pagar el tributo, porque aunque tuviéramos la declaración jurada y el Registro de Transferencias, no sabríamos cuándo sería exigible el tributo; podría serlo dentro del año», comentó el secretario de Estado en el palacio de las leyes. Algunos representantes nacionales barajaron en la oportunidad que el pago del impuesto a las transferencias que sería elevado del 5% actual al 10%, se efectúe antes de realizarse la transferencia o en forma simultánea, de modo que el Estado pueda bloquear el otorgamiento del «transfer» inhabilitando en forma transitoria la negociación.
El pago del impuesto por parte de los clubes y/o contratistas fue comunicado a las instituciones mediante una circular remitida el pasado 23 de julio por el presidente Eugenio Figueredo. Si bien el desconocimiento de la norma no exime de responsabilidad, está claro que las instituciones en este momento están expuestas a que la Dirección General Impositiva intervenga sus contabilidades para exigir el pago del impuesto.
Trobo dijo en el Parlamento que su secretaría de Estado no va a renunciar a ninguna vía legal para que se cumpla con el pago del impuesto pero advirtió a los legisladores que en la medida en que se amplíe el marco normativo la recaudación será más efectiva.
Según ha informado la prensa internacional, varios futbolistas uruguayos han sido vendidos por varios millones de dólares al exterior, desde que está vigente la ley, por lo que el Estado ya debía haber recaudado decenas de cientos de miles de dólares.
Cuando los actores políticos hablan de crear nuevos impuestos, parece razonable que lo primero que debería hacer el Estado es cobrar aquellos que están vigentes y se eluden con total desparpajo. *
Compartí tu opinión con toda la comunidad