PRESION. DARIO RODRIGUEZ FUE HABILITADO

CERRO LARGO LE RECLAMARA LOS PUNTOS A PEÑAROL

Cerro Largo presentará en las próximas horas el reclamo formal de los puntos al CA Peñarol por considerar ­así lo avalan los propios documentos emitidos por el Area Administración de la AUF­ que el defensa Darío Rodríguez no cumplió con las formalidades del artículo 126 del Reglamento General.

El citado establece el el numeral 2º que los clubes «tienen la opción de remplazar, en igual cantidad, a aquellos jugadores convocados para integrar alguna de las selecciones de la AUF ­o convocados por otras asociaciones nacionales­ por aplicación de las reglamentaciones de FIFA por otros que tengan en trámite o estén cumpliendo sanciones dispuestas por los tribunales de penas». Cabe precisar que este texto entró a regir el 21 de agosto, cuando la Asamblea General de Clubes aprobó su modificación. Antes el plazo era de 72 horas hábiles para hacer la solicitud de habilitación.

El procedimiento de la solicitud debe hacerse en el término de 48 horas hábiles antes del partido, por lo que Peñarol debió presentar el expediente ante la Mesa Ejecutiva el miércoles 14 antes de las 18.00 horas.

«La opción debe ser comunicada a la Mesa Ejecutiva, antes o durante el lapso que dure la convocatoria del jugador remplazado, con 48 horas hábiles de anticipación a la actuación del reemplazante», dice el citado artículo.

La vigésima segunda edición del Diccionario de la Real Academia Española dice que hábil, significa: » 2. adj. Der. Apto para algo. Hábil para contratar. Tiempo hábil. V. día hábil, términos hábiles.

El Area Administrativa de la AUF publicó el jueves 15, a las 15.31, la lista de jugadores inhabilitados e incluyó a Darío Rodríguez porque Peñarol no había presentado en tiempo y forma la solicitud, en el plazo reglamentario. Por la tarde, cuando las oficinas ya estaban cerradas, llegó la nota pero en la Administración igual la aceptaron. Curiosamente, el viernes 16, a las 17.54, la misma Area Administración volvió a publicar la lista de jugadores inhabilitados y ya no figuraba el nombre del defensa aurinegro.

Eso fue posible gracias a una grosera interpretación que hicieron los asesores júridicos, Hernán Navascués y Guillermo Piedra Cueva, relacionada con la forma de computar las 48 horas hábiles, violando groseramente el Manual de Procedimientos, Art. 13º, que dice que «las impugnaciones y reclamaciones de cualquier género deben interponerse dentro del término de cinco días. Todos los plazos son de carácter perentorio y se computarán por días hábiles, entendiéndose por tales, los días en que funcionen ordinariamente las oficinas de la AUF.

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