Peñarol fue multado con 250 UR por los incidentes del Charrúa
La denuncia fue presentada por funcionarios del Personal de Recaudación de la propia AUF que resultaron atacados a pedradas porque impidieron el ingreso de los parciales a pesar de que estos tenían entradas debido a la prohibición de la División Espectáculos Públicos de la IMM.
Lo más destacado del fallo redactado por el doctor Daniel Lamela es la falta de colaboración de las autoridades policiales que una vez más no concurrieron a brindar testimonio ante el citado Tribunal, a pesar de que varios efectivos fueron lesionados por los parciales de Peñarol. El cuerpo sólo pudo recibir un informe suscinto de los hechos en forma genérica lo que impidió investigar profundamente los mismos.
El Tribunal también señaló en el fallo la falta de colaboración de los canales privados de televisión que no aportaron copias de las filmaciones de los incidentes que fueron registradas por sus cámaras y que hubieran permitido una prueba más fehaciente de los mismos.
«Las medidas probatorias dispuestas de oficio por el Tribunal, no pudieron cumplimentarse las siguientes: Las actuaciones policiales no pudieron ser incorporadas al proceso en la medida que la Jefatura de Policía de Montevideo no remitió el Parte o Memorándum Policial, sino apenas una Constancia (que debió procurar personalmente un miembro del propio Tribunal) comprensiva apenas parcialmente de los hechos de autos.
El jefe del Operativo y el personal policial encargado del respectivo sector del Estadio Charrúa, no comparecieron a la audiencia fijada por el Tribunal.
Las imágenes solicitadas a los canales de televisión no fueron recibidas, quedando únicamente la constancia del Canal VTV, en el sentido de que no disponía de material fílmico referido a los incidentes investigados (fs. 38).
De la prueba gráfica requerida a los medios de prensa escritos, solo se recibió la remitida por el diario «El País», la que no aportó relevancia probatoria alguna, en relación con los hechos denunciados.
6) Las carencias y orfandad probatoria reseñada, incide directamente en la apreciación y valoración del material fáctico que debe analizar el Tribunal (según los principios de la sana crítica) para resolver la cuestión planteada.
Así, a título meramente de ejemplo, las mencionadas lesiones de varios funcionarios policiales, no pudieron siquiera ser consideradas por este Tribunal, en razón de la falta de todo elemento probatorio que permitiera emitir de juicio a este respecto.
7) En definitiva, las resultancias de autos indican que las lesiones sufridas por dos de los funcionarios de recaudación fueron de naturaleza leve no habiendo causado incapacidad alguna para atender sus ocupaciones ordinarias.
Reza el texto del fallo: «En efecto, la participación de los referidos parciales, emerge también de la constancia policial de fs. 40/41, al establecer que «Siendo la hora 16:20, aproximadamente, en el Estadio Charrúa (Peñarol-Racing) en la Puerta Nº 3 de la Tribuna Sur (Amsterdam) la hinchada de Peñarol al no haber más entradas, comienza a realizar pedreas con todo tipo de objetos contundentes hacia policías y porteros de la AUF que estaban en la Puerta Nº 3″.
El Sr. jefe de Recaudación manifestó que «Las lesiones (del personal de Recaudación) las sufrieron a raíz de la pedrea que recibieron desde dentro del estadio, concretamente de la Tribuna que ocupaba la gente de Peñarol. Yo vi la pedrea de afuera, era entre la Policía y la gente de Peñarol, que desconozco porque se produjo» .(fs. 42/43)
Uno de los funcionarios de Recaudación declaró: «El día del partido Peñarol-Racing yo estaba en la puerta 3, vendría a ser Tribuna Amsterdam, era la única puerta habilitada de las dos de esa tribuna, en el momento de mayor ingreso de público, comenzó una lluvia de piedras, cuando la Policía nos solicita que cerremos las puertas de la portería, quedando del lado de adentro del estadio recibo personalmente yo una pedrada en la parte posterior del pulmón derecho cerca del cuello. Seguimos trabajando por minutos pero seguía las lluvias de piedras, y por orden del jefe de puerta nos retiramos de ella y fuimos a la tribuna principal que viene a ser la América. Las puertas estaban cerradas yo estaba de espalda a la tribuna, y por lo que tengo entendido dicha tribuna la ocupaba la parcialidad de Peñarol, agregando: «No pude percibir de qué parcialidad provino la piedra que me impactó en la espalda». Finalizó estableciendo: «Luego de atenderme el Tesorero me autorizó a retirarme, me fui en ómnibus, vivo en Solymar, no recuerdo a que hora llegué a casa y me puse a tomar mate» (fs. 44/45).
El Tribunal destacó también la colaboración de los dirigentes de Peñarol para atenuar las consecuencias de los hechos lo que fue valorado a la hora de pronunciar el fallo.
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