Estatuto incluirá prohibición legal contra los empresarios
El Consejo Ejecutivo de la AUF resolvió incluir en las nuevas normas estatutarias que serán modificadas las disposiciones comprendidas en la Ley Nº 14.996 (Ley Otatti), que prohíbe expresamente que personas físicas puedan ser titulares de los derechos económicos y federativos de los deportistas.
La norma, que es de Orden Público en Uruguay, ha sido burlada durante 28 años porque las instituciones con total desparpajo acuerdan con los empresarios la venta de sus futbolistas, reciben una indemnización por sus derechos y luego autorizan el traspaso de los mismos, entregándole a los contratistas el producto de la misma, lo que está prohibido en la citada norma legal.
El Ejecutivo decidió que en el futuro se incorpore el texto de esta Ley y velará por el estricto cumplimiento de la misma, lo que no deja de ser una muy buena noticia para el fútbol uruguayo, que en los últimos años ha sido explotado por los empresarios que han impuesto su poder económico, aprovechándose de las necesidades y urgencias de las instituciones.
El Artículo 2º dice lo siguiente: (Cesión de derechos sobre la prestación de la actividad de un deportista o sobre su transferencia). – «Prohíbense todas las cesiones de derechos sobre la prestación de la actividad de un deportista o sobre su transferencia, efectuadas por instituciones afiliadas a las asociaciones o federaciones reconocidas oficialmente o por cualquier otra institución con personería jurídica inscripta en el registro respectivo, en favor de personas físicas, o de personas morales que no revistan la indicada naturaleza.
Cométese al organismo rector de cada rama del deporte o, en su defecto, a la Comisión Nacional de Educación Física, el deber de velar por la observancia de esta disposición y de sancionar administrativamente, hasta con pena de desafiliación si correspondiere, toda infracción que comprobare».
Pese a las reiteradas violaciones a la presente Ley, las autoridades públicas no han actuado en consecuencia y han permitido que los futbolistas sean vendidos como esclavos por empresarios inescrupulosos que sólo tienen como objetivo el lucro personal y muchas veces eluden sus responsabilidades con el fisco, como es el ejemplo de Francisco Paco Casal. La Ley Nº 14.996 del 18 de marzo de 1980 también sanciona el pacto anti deportivo, que ha estado en la palestra cuando tomó estado público el affaire del árbitro argentino Sergio Pezzotta con la periodista Yosselen Rocamora, que está actualmente siendo investigado por la jueza penal de 8º Turno, doctora Graciela Eustacchio. El Consejo Ejecutivo resolvió que todas las disposiciones de la citada norma legal se incorporen a las nuevas normas reglamentarias de la AUF que están siendo analizadas por parte de representantes de los clubes.
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