CRECE DISCUSION EN LA MUTUAL Y CUESTIONAN SU LEGITIMIDAD

Por qué el proyecto de Tenfield viola el Estatuto del Jugador

Pese al firme interés del Consejo Ejecutivo de la AUF de acelerar la discusión del proyecto de saneamiento económico financiero de los clubes, que tiende a limitar los derechos de los jugadores profesionales, en el seno de la Mutual la discusión se profundiza y han comenzado a multiplicarse las voces en contra del mismo porque no corrige las inequidades existentes y vulnera derechos ya adquiridos.

Los nuevos contratos complementarios que la empresa Tenfield SA quiere introducir para terminar con los pedidos de dinero permanentes de los clubes y dejan desprotegidos a los futbolistas, es uno de los temas más cuestionados por los agremiados.

Según pudo investigar LA REPUBLICA los jugadores no aceptan que se modifique el artículo 8° del Estatuto, que establece la posibilidad de firmar contratos por fuera de la AUF pero que son ejecutables por el mismo procedimiento que los registrados. En otras palabras, cuando un club acuerda por fuera de la Asociación una retribución mayor con un futbolista, en caso de incumplimiento, éste se presenta ante el Tribunal Arbitral y tiene la garantía legal para cobrar las deudas.

En cambio el proyecto libera a los clubes de esa responsabilidad, los contratos complementarios pierden su ejecutabilidad ante los órganos jurisdiccionales de la AUF, obligando a los futbolistas –ocurre lo mismo con los entrenadores– a recurrir a la Justicia laboral.

Modifica la relación jurídica

Insólitamente, el proyecto en vez de fortalecer los derechos de los futbolistas los debilita porque en caso de aprobarse el proyecto de Tenfield SA, la relación jurídica que está establecida en el artículo 1° del Estatuto vigente, se desnaturaliza.

El primer artículo del Estatuto establece que los jugadores profesionales que se vinculen a los clubes afiliación a la AUF y tengan la práctica del fútbol como profesión, «

No resiste el menor análisis jurídico que si se pretende sacar de la órbita jurisdiccional de la AUF a los contratos complementarios que ahora son ejecutables dentro de ella, los futbolistas profesionales serán inducidos a violar el Estatuto que les prohíbe recurrir a la Justicia laboral ordinaria so pena de ser sancionados.

El artículo 42 es innegociable

Durante las reuniones celebradas en la Mutual entre los delegados de los diferentes planteles de Primera y Segunda División, se han levantado voces en defensa del artículo 42° del Estatuto que, de aprobarse el proyecto de Tenfield, automáticamente, haría caer el convenio entre la AUF y la gremial.

El mismo dice textualmente:

Según fuentes consultadas por LA REPUBLICA pese a la presión que han ejercido los voceros de Tenfield SA en las reuniones celebradas en la propia Mutual, ha existido una opinión mayoritaria entre los participantes para no aceptar la modificación del artículo 42° que tanto esfuerzo generó a ex dirigentes de la gremial para obtener esta conquista que es la garantía absoluta de cobro, antes de comenzar cada temporada. El proyecto de saneamiento económico financiero, le quita a los futbolistas este derecho y violando el Estatuto, extiende el plazo a dos años para que los clubes puedan pagar esas deudas pendientes con los futbolistas libres y en vez de sancionar la administración irresponsable de los dirigentes, castiga a los jugadores postergando el cobro de su trabajo.

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