Nada de bebidas alcohólicas
La citada Ley, en su Art. 8º faculta al Ministerio del Interior a disponer la prohibición de la venta total o parcial de bebidas alcohólicas en eventos deportivos, por lo que dicha Secretaría de Estado dictó una resolución por la cual se prohíbe la venta de dichas bebidas en los escenarios deportivos en las disciplinas de fútbol y basquetbol y en las zonas de influencia a los mismos, por un lapso de 4 horas antes y hasta 2 horas después de cada encuentro. *
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