Todos pasaron a declarar
El Tribunal de Penas de la FUBB que preside el Dr. Alvaro Ezcurra, tomó declaraciones a dirigentes y jugadores involucrados en el partido entre Cordón y Bohemios. Debido a los incidentes generados a fuera del gimnasio de Cordón, el jugador Mauro Mainentti resultó gravemente lesionado luego de ser atropellado por el ómnibus del club, que trataba de salir de una intensa lluvia de piedras. Mainentti debió ser internado en el CTI de Médica Uruguaya, donde se recupera lentamente. Ayer por la tarde en la sede de la Federación desfilaron dirigentes de ambos clubes, quienes realizaron declaraciones y se esperaba también el informe policial. Hasta las 19 horas el mismo no había llegado a las oficinas de la Federación, por lo que la dirigencia del Metropolitano debió insistir para que el mismo llegara lo antes posible. Se entiende que este informe es un factor clave para que el Tribunal luego se promulgue en relación a los hechos.
Según mencionaron dirigentes de la división de ascenso, el Tribunal prometió para hoy tener el fallo. Luego del mismo, los clubes tendrán 48 horas para elevar una probable apelación. Si el fallo no resulta apelable por las partes, la Mesa del Metropolitano procedería a fijar la próxima fecha de la fase Ascenso.
Chances de cierre de cancha, multa económica y quita de dos a cinco puntos
El Código de Penas establece sanciones económicas, cierre de cancha y quita de 2 a 5 puntos, por incidentes entre parcialidades. Los artículos referidos a esta situación dicen:
ART. 96.1 – Serán castigados con una pena mínima de multa de 40 UR o el cierre de cancha por uno o dos partidos, según la gravedad de los hechos a juicio del Tribunal, a las entidades cuyas parcialidades, durante la realización de los partidos o como consecuencia de los mismos, cometieren actos de provocación o perturbaren de cualquier forma el normal desarrollo del espectáculo, como por ejemplo, cánticos insultantes o degradantes para con el rival, agresiones de palabra a la parcialidad rival, a los jueces y demás actores del espectáculo, que a juicio del Tribunal pudieran incitar la comisión de actos de violencia
ART. 96.2 – Serán castigados con la sanción de cierre de cancha de tres partidos, la que podrá duplicarse y acumularse con una pena mínima de quita de dos puntos, hasta una máxima de quita de cinco puntos según la gravedad de los hechos a juicio del Tribunal, las entidades cuyas parcialidades antes durante o con posterioridad al desarrollo de los partidos y en ocasión de los mismos, cometieran faltas graves.*
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