Tribunal de OFI no analizó grabaciones del soborno
El Tribunal de Penas de la Organización de Fútbol del Interior que investiga la denuncia periodística de presunto soborno deportivo de San José a futbolistas de Sarandí Grande, no ha analizado la grabación en la cual un jugador «incentivado» habría reconocido que recibió dinero para ir para adelante en el partido contra Canelones.
La denuncia fue realizada por el colega Alvaro Aguiar de «Punto y aparte» de Sarandí Grande, lo que motivó la reacción de dirigentes de Canelones que se mostraron agraviados por el hecho.
El colega Aguiar afirma tener testimonios grabados de por lo menos tres futbolistas de Sarandí Grande que habrían reconocido el estímulo, que está penado expresamente por el Código de Penas de OFI y la Ley Nº 14.996.
De acuerdo al testimonio de esos futbolistas que no llegó a manos del Tribunal de Penas que está instruyendo un sumario por el tema recibieron una llamada telefónica de alguien de San José, donde se le ofrecía dinero en caso de que Sarandí Grande obtuviera un empate contra Canelones y una partida superior, en caso de ganarle, lo que le allanaba el camino a la selección maragata. El curioso 3 a 3 se registró luego de que Canalones ganaba 3 a 0 a Sarandí Grande, que alcanzó la igualdad cuando se jugaban cuatro minutos de descuento.
El periodista Alvaro Aguiar reconoció no tener una entrevista formal grabada con la confesión de tres futbolistas que reconocieron haber recibido dinero de San José para ir para adelante, pero en cambio dijo que tiene registros de audio de una conversación telefónica.
Un dato importante es que los tres futbolistas que le reconocieron al periodista de «Punto y aparte» la existencia del pacto antideportivo, luego firmaron una nota con el resto de sus compañeros de Sarandí Grande negando el hecho.
El Tribunal de Penas de OFI aún no se ha expedido pero según datos obtenidos por LA REPUBLICA en la sede de la organización, el órgano jurisdic- cional no ha recibido ninguna grabación que confirme la existencia del soborno.
El artículo 37º del Reglamento de OFI indica que «quienes prometieren, dieren, aceptaren o recibieren cualquier provecho o ventaja ilegítima con el fin de alterar el rendimiento normal, sea aminorándolo o incentivándolo, de quien actúa en un partido o el resultado del mismo, serán suspendidos por dos años de toda actividad.» En este caso el Tribunal de Penas está habilitado para fallar por convicción moral.
De confirmarse la violación al Art. 37º , del Capítulo 6º del Reglamento de OFI, la selección de San José que está disputando las finales de la Copa de Selecciones podría quedar descalificada de la competencia. *
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