Omisión de la AUF provocó aprobación ficta del Estatuto
La Mutual Uruguaya de Futbolistas Profesionales está habilitada jurídicamente para imponer el proyecto de Estatuto que remitió a la AUF el pasado 26 de mayo, que no fue tratado ni discutido por las anteriores autoridades del fútbol.
De todos modos, el presidente Enrique Saravia adelantó anoche a Estadio Uno (Canal 5) que «para la actual Comisión Directiva tiene más valor la palabra que cualquier documento, por lo que estamos abiertos a seguir negociando la redacción de un nuevo Estatuto del Jugador, que respete las nuevas disposiciones de FIFA». La omisión del Consejo Ejecutivo que presidía Eugenio Figueredo, podía habilitar a la gremial de futbolistas a exigir e imponer «su» borrador de Estatuto sin la intervención de los clubes pero la gremial que encabeza Enrique Saravia, dio su palabra al presidente José Luis Corbo que están abiertos a las negociaciones, siempre y cuando se respeten las exigencias de la FIFA.
El Estatuto del Jugador Profesional, que forma parte del Reglamento General de la AUF, dice en su artículo 1º) que «…cualquier modificación al texto de este Estatuto, será determinada de común acuerdo entre la Asociación Uruguaya de Fútbol y la Mutual Uruguaya de Futbolistas Profesionales. A estos efectos las propuestas cursada por una de las partes a la otra, por nota o telegrama colacionado (TCC PC), se tendrá por aceptada y comenzará directamente a regir si no fuera contestada dentro del término perentorio de 45 días calendario, contados a desde el día inmediato siguiente de la propuesta».
Resulta obvio que si la Mutual presentó su proyecto de Estatuto el 26 de mayo de 2006 y la AUF se mantuvo en silencio hasta el presente, el mismo tiene aprobación ficta y los clubes no tendrían derecho al pataleo. *
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