"EL JUEZ O ARBITRO... SE IMPREGNA DE LOS MAS  ALTOS VALORES MORALES Y SOCIALES"

Definitivo: Tribunal ratificó la expulsión de Gustavo Méndez

Luego de varios meses de idas y venidas, Gustavo Méndez quedó totalmente desvinculado de la AUF al haber ratificado el Tribunal de Apelaciones  máximo órgano jurisdiccional  el fallo de la Comisión Especial que había dispuesto su cese como árbitro. En un extenso alegado de ocho carillas, los doctores Jorge Marabotto, Jorge Tálice, Julián Moreno, Joaquín Olaso y Aguirre Rampirez, por unanimidad, resolvieron no hacer lugar al recurso interpuesto por Gustavo Méndez, por compartir que el desempeño de un juez   en cualquier ámbito jurisdiccional- exige determinados requisitos personales en su vida privada que el sumariado no cumplió. El Tribunal rechazó todos los agravios presentados por Méndez, en lo formal y sustancial del expediente y reconoció la potestad del Consejo Ejecutivo de aplicar las sanciones en el ejercicio del poder disciplinario que le competen de acuerdo al Estatuto de la AUF. Méndez, intentó abortar la posibilidad que la Comisión Especial que integraron los doctores Jorge Almada, Héctor Pintos y Bernardo Servianski, volviera a someterlo a un procedimiento disciplinario, argumentando que el anterior fallo del Tribunal de Apelaciones lo amparaba.

«Es claro que de la decisión anterior de este Tribunal, surge inequívocamente que se debía ampliar la instrucción que se le siguiera al impugnante…Esto es por otra parte, lo que se manifestó en la propia decisión de la justicia ordinaria del país, cuando se hizo lugar a la Acción de Amparo que planteara, en cuyo fallo y al tiempo de señalar que debía ser «designado para efectuar tal tarea cuando corresponda» y agregó «sin perjuicio de la continuación del trámite de ampliación de actuaciones resuelto por el Consejo Ejecutivo» ( sentencia 26/2006). «Lo que supone que se avaló tal indagatoria lo que no puede ser cuestionada válidamente», señala el fallo.

 

La mala conducta del juez

El Tribunal de Apelaciones compartió en un todo la instrucción sumarial de Méndez, que analizó en su conjunto la conducta del impugnante, ajenos a la participación que le cupo en el partido disputado el 3 de julio de 2005 (Nacional   Rocha). Esto es, «las actuaciones judiciales en el ámbito penal, las declaraciones periodísticas involucrando a dirigentes de la AUF e incluso, a decisiones de la propia institución». En este marco, el Tribunal consideró que « en el análisis de su comportamiento globalmente considerado, se encuentra que los agravios que se invocan, no son de recibo. Por el contrario, estima que a la luz de la normativa que regula la conducta de un decisor, cualquiera sea el ámbito en que se desempeñe, la misma no se ha ajustado a lo que se requiere de quien resuelve o juzga…Desde luego, estos criterios expuestos por la ley para los jueces de la República, actuando en el Poder Judicial, sin de aplicación extensiva a todos los jueces, cualquiera sea el ámbito en el que actúan. Por cuanto son exigencias connaturales a todo juzgador, desde el momento que el juez es un tercero decisor y que debe ser fundamentalmente imparcial, ofreciendo una imagen que asegure el respeto de sus decisiones. Por ello y refiriéndose a los jueces de la Administración de Justicia, se ha dicho que «deben ser designados los mejores hombres…porque eso de ser el juez un hombre y debe ser más que un hombre, ese es el problema del juez», destaca el Tribunal en su fallo. El pronunciamiento del mayor órgano jurisdiccional de la AUF, cierra todas las posibilidades a Gustavo Méndez de revertir su situación. Su expulsión del Colegio de Arbitros pasó a ser cosa juzgada, por lo que ahora le queda expedito el camino para reclamar en la justicia ordinaria, como cualquier ciudadano del país. Y colorín, colorado, esta larga historia ha terminado.*

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