NO PEDIRA LOS PUNTOS PERDIDOS EN LA CANCHA, PERO...

River reclamará al Ejecutivo que respete fallo de De León

La Comisión Directiva de River Plate, luego de escuchar el informe de dos asesores legales, resolvió presentar una nota al Consejo Ejecutivo, exigiendo el estricto cumplimiento de la sentencia del fallo del Tribunal Arbitral Integrado que condenó a Nacional a pagar U$S 335.500 a Hugo De León.

El reclamo, no contempla los puntos en disputa del partido que favoreció a los tricolores pero es extensivo a la ejecución de la sentencia porque los darseneros consideran que el Estatuto del Entrenador se ha interpretado en forma excepcional, lo que no ha ocurrido con otros fallos.

La directiva de River Plate analizó la resolución del Consejo Ejecutivo por el cual se amparó a Nacional a pagar los U$S 335.500 con la retención del 10% del Estatuto del Entrenador porque no tiene título habilitante para el ejercicio de la profesión.

Sin embargo, el fallo del Tribunal Arbitral, establece que la AUF aportó documentación donde surge que registró los contratos de Hugo De León con los números 592 y 593, que fue la prueba que llevó al cuerpo a asumir competencia primero y a condenar a Nacional, después.

 

El reclamo ingresa hoy

La nota de los darseneros será ingresada en la presente jornada, cuando se cumple el último día del plazo para presentar el reclamo en la AUF.

Lo que no está claro es cuál será el trámite que dará el Consejo Ejecutivo porque como River Plate no reclama los puntos sino la ejecución de la sentencia, no corresponde que actúe el Tribunal de Apelaciones.

Dependerá de la respuesta que emita el órgano administrativo para que River Plate analice los futuros pasos a dar.

Para el presidente Ernesto Matteo, la resolución del Consejo Ejecutivo es ambigua, contradictoria, porque mientras ampara a Nacional para que no le pague la deuda a De León por no tener título habilitante, reconoció que De León estaba habilitado para ejercer la profesión.

Un hecho curioso es que mientras Nacional y De León acordaron comparecer ante el Tribunal Arbitral Integral para dirimir el litigio, al amparo del Estatuto del Entrenador, después el Ejecutivo interpreta que el entrenador no tiene legitimidad para cobrar lo que el órgano jurisdiccional resolvió. *

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