ANTE EL INMINENTE INICIO DEL CONCURSO DE AGRUPACIONES

Conociendo el reglamento

No pocas son las discusiones que genera su aplicación, habida cuenta que como va dicho, muchas veces los propios concursantes ignoran su existencia, pese a los repartidos que se hace al momento de las inscripciones

El artículo treinta y dos del reglamento establece que las agrupaciones podrán ser sancionadas tanto por la División Turismo y Recreación o por el Jurado teniendo cada uno competencias especiales. Esta medida será aplicada a través de descuentos de puntajes, sanciones económicas o bien mediante el retiro temporal o definitivo del permiso de salida, ya sea para actuaciones en los desfiles oficiales o en los espectáculos del Concurso Oficial.

Cuando se apliquen sanciones económicas Daecpu deberá descontar los montos que correspondan en cada caso y lo destinará a instituciones benéficas o a obras sociales, dentro de los veinte días a partir de la entrega de premios.

El jurado podrá aplicar sanciones económicas en forma fundada y en los siguientes casos

a) No ajustarse al repertorio oportunamente registrado en forma que distorsione pasajes fundamentales del mensaje de la obra respectiva.

b) Incluir entre sus integrantes a quienes no estuvieron debidamente registrados en las oportunidades reglamentarias.

C) Realizar propaganda comercial o político partidaria, en cualquier forma. En cuanto a la propaganda comercial se exceptúa la emisión verbal del presentador sobre las firmas patrocinantes del espectáculo. En materia de propaganda escrita solo se admitirá la exhibición en un costado del escenario de anuncios que podrán ser luminosos y no excederán las dimensiones de 0.50 m x 0.80m.

D) Efectuar la quema de fuegos artificiales dentro o fuera del perímetro del Teatro de Verano.

e) Incluir en su reporte de artistas, a menores de edad, que no estuvieron debidamente autorizados de acuerdo a la legislación en la materia.

f) Utilizar símbolos patrios y/ u oficiales.

g) Realizar alusiones o referencias agraviantes hacia símbolos patrios, oficiales, religiosos o étnicos.

h) Ingresar al recinto del Jurado durante el desarrollo del espectáculo respectivo.

I) Utilizar animales vivos que a juicio del Jurado pongan en peligro el desarrollo del espectáculo o la seguridad del público.

j) Arrojar globos, pelotas y cualquier objeto desde el escenario hacia la platea.

Algunos de estos ítems de prohibiciones, particularmente los últimos establecidos, pueden ser objeto de exoneraciones a juicio del jurado en caso de solicitudes fundadas y que se entiendan no distorsionan el espectáculo ni generan riesgos para los espectadores, ni ventajas especiales para los participantes.

En cada uno de estos casos las sanciones podrán ser de tipo económico o como se expresara anteriormente, podrán determinar suspensiones de actuaciones e incluso descalificaciones, según la gravedad constatada de las mismas.

Se aplicarán sanciones de tipo económicas por parte del Jurado en caso de retrasos en la hora de presentación según el siguiente detalle:

a) Hasta quince minutos, cinco por ciento del premio.

b) De quince a treinta minutos diez por ciento.

c) Más de treinta minutos eliminación automática del conjunto infractor.

Los descuentos de puntaje serán aplicados a juicio de la División Turismo cuando desde el escenario algún integrante del conjuntos actuante profiriese insultos a miembros del Jurado y la importancia de la sanción, que puede llegar a la pérdida del cien por ciento de los puntos obtenidos. La sanción será decidida en forma inapelable dentro de las veinticuatro horas de substanciada la denuncia respectiva por parte del Jurado, sin perjuicio de las sanciones penales que el hecho pueda motivar.

También el descuento de puntos se aplicará en caso de violaciones de los tiempos de actuación prefijados para cada categoría. Se admitirá hasta un minuto de exceso en los tiempos máximos o mínimo de actuación. A partir de allí se aplicará la pérdida de un punto por cada minuto en exceso o defecto de la actuación. También igual descuento se aplicará en la categoría de murgas para el exceso de tiempo establecido en el reglamento en el uso de instrumentos musicales fuera de la batería.

En el caso de las comparsas la falta de alguno de los elementos y/o personajes que exige la categoría, será sancionada con un descuento de tres puntos por cada infracción que se constate.

Cuando un conjunto al realizar su presentación en el Concurso Oficial utilice en las actuaciones más componentes que los permitidos por la categoría o no llegue al mínimo requerido, será sancionado con la pérdida del cincuenta por ciento de los puntos otorgados por el Jurado.

Antes del inicio del concurso se establece generalmente la formación de un tribunal de apelaciones con representación de Daecpu la IMM y el Jurado que entenderá en todos los casos de sanciones cuyo rótulo no es precisamente el de inapelable, según lo establezca el reglamento. Este es generalmente el caso de las sanciones en puntos por transgresiones constatadas en los tiempos de actuación y/o la falta de elementos reglamentarios o excesos en el número de componentes sobre el escenario.

Venta de entradas anticipadas

Continúa en la sede de Daecpu la venta anticipada de entradas para el concurso oficial que se inicia mañana miércoles. En el horario de 10 a 14 horas se expiden entradas para plateas bajas numeradas para los días miércoles 6 y jueves 7 solamente.

Mañana y sólo para el día, se venderán plateas altas además de bajas numeradas para el día y para el jueves.

Los precios son 120 pesos las plateas numeradas y 60 pesos las generales. *

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