Educación Superior

Rige nuevo decreto que regula ordenamiento del sistema de enseñanza terciaria privada

Comenzó a regir este lunes 28 de julio el Decreto 104/14 por el cual se ordena el Sistema de Enseñanza Terciaria Privada: universidades, institutos universitarios y terciarios. La nueva normativa contempla el desarrollo de la educación terciaria privada en el país, mejorando sensiblemente la normativa vigente, actualizándola a las necesidades de los estudiantes, las instituciones y el país.

El decreto, firmado el pasado 28 de abril por el Presidente de la República, José Mujica, “surge de un consenso generalizado entre todas las instituciones terciarias privadas del país y la Universidad de la República con la articulación del Ministerio de Educación y Cultura”, explicó el responsable del Área de Educación Superior del MEC, Rony Corbo.

Este decreto sustituye al 308/995 que, durante casi veinte años, reguló el ordenamiento del sistema de enseñanza terciaria privada en el Uruguay.

Corbo señaló que la nueva normativa “entiende la Educación Superior como un bien público y subraya que es un deber del Estado garantizar una educación de calidad para todos los ciudadanos”. Añadió que “introduce cambios significativos en el ordenamiento del sistema de enseñanza terciaria privada e incorpora aspectos no considerados en el marco regulatorio derogado, modifica otros y posibilita la apertura de procesos de reconocimiento cuyo recorrido consolida instancias técnico-administrativas a cargo del Área de Educación Superior del MEC y del rol del Consejo Consultivo”.

Algunas de las modificaciones introducidas refieren a la autorización para funcionar como institución terciaria y el reconocimiento de su nivel académico.
“La norma establece nuevos plazos, lo que también redunda en las garantías a los estudiantes. De esta manera se evitan dilatorias innecesarias en los trámites técnico-administrativos establecidos y se obliga a un accionar eficiente del organismo regulador y de las instituciones solicitantes”, informó Corbo.

El decreto atiende también aspectos de la calidad docente, ya que especifica con claridad los requisitos mínimos exigidos para integrar la planta académica, adecuando estos requisitos a los niveles de cursado sea grado o posgrado.

“En este aspecto, es conveniente señalar la incorporación en la nueva norma de la noción  de competencia notoria relacionada con la formación de la planta académica. Se busca con ello solucionar el problema relacionado con la existencia de masa crítica de alto nivel en algunas áreas, cuyas trayectorias académicas no se ajustan exactamente a los cánones de la academia actual, pero poseen amplios antecedentes en su campo”, sostuvo-

También se incorporan cambios atendiendo nuevos fenómenos como las modalidades educativas no presenciales y la posibilidad de revalidar estudios de carácter técnico o profesional.

Por otra parte, explicó Corbo, “resulta necesario ampliar también las posibilidades de formación a nivel de los posgrados abriendo una posibilidad de formación a quienes no poseen una vocación exclusivamente académica”.

“Consideramos que esta normativa enriquece el debate que se dará en el torno al Sistema de Educación Terciara (tanto público como privado) y que posibilitará un crecimiento del sector de Educación Superior que está directamente asociado al desarrollo integral del país y que ofrece posibilidades de formación a personas vinculadas directamente a dicho desarrollo en todo el territorio nacional”, finalizó Corbo.

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