PROPUESTAS DE LA UNIVERSIDAD PARA LA LEY DE EDUCACION
La Universidad de la República (UR) ha resuelto proponer ciertos cambios al Proyecto de Ley de Educación, con el espíritu de contribuir a mejorarlo. Aquí los sintetizamos. Las citas corresponden a la resolución que está integralmente disponible en el Portal de la UR (www.universidad.edu.uy).
ENFOQUE GENERAL
Tan importante como las propuestas es el método por el cual fueron adoptadas. De acuerdo a la Constitución, la UR será convocada al Parlamento para opinar sobre el Proyecto de Ley. Apenas éste fue presentado, la Asamblea General del Claustro empezó a considerarlo; tras intensos debates, ese organismo representativo de los estudiantes, docentes y egresados universitarios aprobó el 16 de julio un documento global que sirvió de base para la resolución adoptada, de manera unánime, por el Consejo Directivo Central el 29 de julio, tras haber sido considerada por órdenes y Consejos de Facultad. Se llegó pues a un consenso significativo tras una discusión abierta y procesada a tiempo. Ni las demoras alientan a la participación ni los procedimientos cupulares garantizan prontitud. La democracia no sólo debe y puede ser ágil y eficiente.
La UR concuerda con varias afirmaciones centrales que orientan al Proyecto de Ley, algunas de las cuales se evocan sumariamente en este párrafo. La educación es un derecho humano y un bien público social. En el proceso educativo la centralidad corresponde al educando. La enseñanza pública debe regirse por los principios de laicidad, gratuidad y equidad. La participación es fundamental para la educación. Los centros educativos deben ser considerados como espacios integrales de aprendizaje, socialización y promoción de los derechos humanos y de la tolerancia. La educación debe combinar trabajo manual e intelectual.
La UR sostiene que: «La autonomía es lo contrario de la autarquía; fortalecer la autonomía pasa, pues, tanto por promover la descentralización y la democratización interna del sistema educativo como por multiplicar y afianzar sus relaciones externas. En este sentido cabe promover una autonomía conectada con toda la sociedad». Y afirma que: «La participación directa en el gobierno de la educación de los estudiantes con edad para ello constituye un derecho. Además, la historia ha mostrado que puede constituirse en una significativa fuente de innovación educativa. No menos importante es destacar que el cogobierno constituye una formidable escuela potencial de ciudadanía. Por consiguiente, debe hacerse realidad la participación estudiantil directa en el gobierno de todos los institutos de enseñanza terciaria. También corresponde fomentar la participación de los estudiantes de otros niveles de la enseñanza, explorando vías adecuadas a cada situación».
DOS GRANDES PROBLEMAS
La UR considera que cabe mejorar las soluciones que propone el Proyecto de Ley para los problemas fundamentales de la diversificación institucional de la enseñanza terciaria y de la formación de docentes de todos los niveles de la enseñanza. Ninguno de los entes de enseñanza puede resolver por sí solo tales problemas, ni cabe hacerlo restringiéndose al marco institucional actual. Hay que colaborar e innovar.
Sobre el primero de esos problemas, el año pasado la UR resolvió: «Proponer la creación de nuevas instituciones públicas de carácter terciario, laicas, gratuitas, autónomas, cogobernadas y distribuidas en el territorio nacional. Las instituciones públicas ya existentes y a crear deben funcionar de manera coordinada entre sí, lo cual significa que habrán de constituirse instancias de coordinación y que se generarán mecanismos flexibles de tránsito, tanto para los estudiantes como para otros actores de los programas de enseñanza, investigación y extensión».
Respecto a la formación de docentes, la UR afirmó también en 2007 que: «Para mejorar la educación, fomentando el protagonismo de los que aprenden y ampliando el acceso a la enseñanza avanzada, se necesitan, a todos los niveles de la enseñanza, más docentes, con mayor preparación y con el reconocimiento debido. Su formación debe realizarse a la vez en contacto directo con las prácticas educativas y en ámbitos de investigación, tanto en las ciencias de la educación como en las disciplinas específicas. Si ANEP y UR pueden colaborar en este ámbito, la calidad de la educación mejorará apreciablemente y se dará un gran paso en el camino hacia la conformación de un Sistema Nacional de Enseñanza Terciaria».
En ese espíritu, la UR propone incluir en la Ley de Educación cinco disposiciones específicas que presentan a continuación.
(1) En el marco del Sistema Nacional de Educación se propenderá a la construcción de un Sistema Nacional de Educación Terciaria Pública (SNETP), que tendrá las siguientes finalidades:
a) promover la generalización de la enseñanza avanzada, de calidad y conectada a lo largo de toda la vida activa con el trabajo, el ejercicio de la ciudadanía, el acceso a la cultura, la mejora en la calidad de vida colectiva y la realización personal de carácter integral;
b) impulsar la articulación, al servicio de la meta indicada en el literal anterior, de esfuerzos públicos y de la sociedad civil para el enriquecimiento de las modalidades de enseñanza y su diversificación institucional;
c) contribuir a la dignificación de la profesión docente, así como a la formación de nivel universitario, la calificación permanente y la evaluación sistemática de todos los docentes de la enseñanza pública desde el nivel inicial hasta el superior.
(2) Para el cumplimiento de los fines antedichos, y en el marco de lo previsto en el artículo 202, inciso 4º de la Constitución:
a) La ANEP y la UR celebrarán convenios para la creación de Institutos y Programas Nacionales y Regionales de Enseñanza Terciaria Pública;
b) En el ámbito de la Comisión Coordinadora del Sistema Nacional de Educación Pública funcionará una subcomisión que actuará como ámbito coordinador del SNETP. La misma estará integrada por un representante del Ministerio de Educación y Cultura, dos de la ANEP y dos de la UR.
(3) La subcomisión coordinadora del SNETP tendrá los siguientes cometidos:
a) impulsar Programas Regionales de Enseñanza Terciaria, que reúnan en distintas regiones los esfuerzos de las instituciones educativas públicas, de otras instituciones públicas y de actores de la sociedad civil;
b) proponer Programas Nacionales de Desarrollo de la Enseñanza Terciaria en áreas específicas, tales como el área agraria, artística, de la salud, tecnológica, científica, humanística y social;
c) proponer a la ANEP y la UR la celebración de convenios con la finalidad prevista en el artículo 2º, literal a);
d) proponer a la ANEP y a la UR un programa de ambos organismos para la formación de docentes de todos los niveles de la enseñanza pública;
e) proponer planes específicos que combinen actividad laboral y formación a nivel terciario, en particular en ámbitos de la función pública, ofreciendo nuevas vías para completar estudios y avanzando en la vinculación entre educación permanente y trabajo.
(4) En los convenios para la creación de Institutos de Enseñanza Terciaria, ANEP y UR especificarán, en cada caso, los aspectos reglamentarios de funcionamiento del instituto respectivo, incluyendo la conformación de la Comisión directamente responsable del mismo. Dicha Comisión se integrará, en la medida en que el desarrollo del Instituto lo haga viable, con la participación de los actores involucrados.
Los Consejos Directivos de ANEP y UR aprobarán asimismo los Planes de Estudio correspondientes, de acuerdo a las normas que, a tales efectos, establezcan. Esta atribución podrá ser delegada, en forma fundada, en las Comisiones de Instituto previstas en el inciso anterior.
(5) Dentro del término de dos años desde la promulgación de la presente ley, la subcomisión coordinadora del SNETP el
aborará una propuesta general sobre el marco legal y organizativo de los Institutos de Enseñanza Terciaria Pública.
RESUMEN
Opinar es importante; no menos importante es formular propuestas específicas. En lo que le incumbe directamente, la Universidad tiene el deber de acompañar la manifestación de discrepancias con la formulación de alternativas. Recientemente se aprobó una declaración conjunta ANEP-UR que apunta a profundizar el trabajo conjunto en diversas direcciones, incluyendo la enseñanza terciaria y la formación de docentes. «En esta perspectiva de colaboración en plena construcción, la UR presenta sus propuestas con la esperanza de contribuir a una gran convergencia de esfuerzos en pro de la educación nacional.»
|*| Rector de la Universidad de la República.
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