Una esperanza para los países deudores del sur del mundo
Ciertos ministros de finanzas del G-7 y un documento elaborado por dos miembros del Banco de Inglaterra y del Banco de Canadá en el que se trazan paralelos entre la insolvencia doméstica y la insolvencia de países soberanos son pronunciamientos a favor del derecho a la declaración de bancarrota por parte de los estados nacionales.
Pero fue aparentemente la provechosa contribución de Krueger al tema la que finalmente abrió el camino y dio credibilidad en Wall Street a esta idea de evidente sensatez económica.
Uno tiene que concordar con Krueger en el sentido de que el FMI puede jugar un papel valioso en esta área. En opinión de la funcionaria internacional, los países insolventes deberían ser capaces de solicitarle al FMI que apoye un pacto de moratoria para el pago de sus deudas. Esto no es una mala cosa. En este momento, demasiados países con insuperables problemas de deuda esperan demasiado tiempo, imponiendo de ese modo costos innecesarios tanto a ellos mismos como a la comunidad internacional, que tiene que ayudar a pagar los platos rotos.
Pero la idea no es «un nuevo enfoque para la reestructuración de la deuda soberana», como dijo Krueger, ya que fue primero propuesta por Adam Smith en 1776. Y poco después de 1982, al comienzo de la crisis en materia de deuda que hizo de los años 80 la «década perdida», el banquero británico David Suratgar recomendó que se aplique la fórmula empleada para la insolvencia empresarial en los Estados Unidos (Capítulo 11) en el caso de los países soberanos, una idea más tarde secundada por la Unctad (Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo), Jeffrey Sachs y otros. Esta propuesta fue desechada mediante la argumentación de que el Capítulo 11, que se aplica a firmas insolventes, no protege a los poderes gubernamentales y por lo tanto no sería aplicable a los estados soberanos.
En 1987, por lo tanto, yo propuse como modelo el Capítulo 9 de la legislación de Estados Unidos sobre insolvencia de deudores con poderes gubernamentales. Esta fórmula, en la que los paneles de arbitraje deberían jugar el papel de tribunales, es ahora llamada un Justo y Transparente Proceso de Arbitraje (cuya sigla en inglés es FTAP), basada en los principios del Capítulo 9.
Ambas propuestas se encontraron con una inflexible oposición, particularmente por parte del FMI, lo que podría explicar por qué hubo países que «esperaron demasiado tiempo», para usar la frase de Krueger.
Al no proponer ningún procedimiento específico, Krueger difiere con varios ministros de finanzas del G-7, quienes explícitamente piden un Capítulo 11 a escala internacional. Ella no descarta el Capítulo 9, el único procedimiento que protege a los poderes gubernamentales y es por lo tanto aplicable a los estados soberanos. En los procedimientos del Capítulo 9, la población deudora tiene el derecho a ser oída y se garantiza una forma apropiada de protección para el deudor, un derecho humano actualmente otorgado a todos menos a los más pobres del globo. A los municipios insolventes de Estados Unidos, por ejemplo, se les permite mantener servicios sociales básicos esenciales para la salud, la seguridad y bienestar de sus habitantes.
Al igual que quienes abogan por un FTAP basado en el Capítulo 9, Krueger afirmó claramente que el FMI, él mismo un acreedor, no debería ser árbitro, en los litigios. Esto es provechoso y correcto. La esencia del imperio de la ley es que nadie debe ser juez en su propia causa. Arbitros independientes designados por los acreedores y los deudores deben decidir en cuanto a las reducciones necesarias para alcanzar la «sustentabilidad».
El FMI podría ofrecer ayuda técnica para resolver los problemas que podrían sobrevenir, tales como los caminos para evitar interferencias perjudiciales por parte de «fondos buitre», que son los que compran deudas a bajos precios de mercados secundarios para luego reclamar el pago completo de los valores nominales. Podría ayudar a coordinar pasos con los tenedores de obligaciones o prestar el dinero necesario para mantener al país en funcionamiento durante el tiempo que dure la labor del FTAP, pero sólo sin poner condicionamientos.
Uno debe concordar plenamente con Krueger en que ningún acreedor debería ser tratado más favorablemente que otros. Todos los países que de facto están en situación de insolvencia y todo tipo de deuda deben ser incluidos en este procedimiento.
Sin embargo, Krueger afirma equivocadamente que llevaría años poner en funcionamiento los FTAP. Los ejemplos de la reducción de la deuda de Alemania en 1953, de Indonesia después de 1969, o de Polonia después de la caída del comunismo desmienten esta afirmación. Toda ulterior demora impondría costos innecesarios que Krueger correctamente deplora.
El arbitraje es un mecanismo tradicional de la ley internacional y altamente popular actualmente en todos los casos, excepto cuando podría servir para proteger a los más pobres en los países endeudados. Paneles ad hoc podrían ser formados inmediatamente si los importantes acreedores oficiales están de acuerdo. Casos actuales, como el de Argentina, podrían ya beneficiarse de los FTAP.
Como argumenta correctamente Krueger, la mera existencia de procedimientos adecuados haría que las soluciones fueran más fáciles y llevaría al logro de acuerdos «a la sombra de la ley» sin recurrir a procedimientos formales. Si los resultados son aceptables para todos este enfoque podría evitar a todos una cantidad de dificultades, especialmente a los países deudores y a sus habitantes.
Este nuevo apoyo oficial a la «bancarrota (o insolvencia) soberana» da la esperanza de que la incidencia de la mortalidad infantil pueda eventualmente depender un poco menos de que uno nazca en municipios pesadamente endeudados del Norte del mundo o en pesadamente endeudados países del Sur. *
(*) Kunibert Raffer es profesor asociado de Economía en la Universidad de Viena y coautor con H.W. Singer de «The Economic North-South Divide: Six Decades of Unequal Development». (Servicio exclusivo de IPS para LA REPUBLICA)
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