Datos sobre la causa judicial en Italia reavivan la polémica por el caso Dirox
Cuando el 4 de setiembre de 1997, el entonces titular de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, Juan Chiruchi, rubricaba con su firma el permiso para la instalación del grupo Stoppani en la ciudad de Libertad, a miles de quilómetros, en Génova, tenía lugar un juicio contra la multinacional, acusada de ocasionar la muerte de 14 de sus operarios que trabajaban en la planta industrial, ubicada en la provincia de Cogoleto.
El 9 de junio de ese año, es decir tres meses antes del visto bueno del actual intendente de San José, el Tribunal de Génova comunicaba a la Procuraduría General de ese país, la sentencia de un año y dos meses de reclusión por homicidio culposo contra Plinio Stoppani y Carlos Maria Cornale, dos de los directivos de la empresa. Stoppani y Cornale también fueron condenados a pagar, por resarcimiento de daño, 5 millones de libras, unos 2.300 dólares.
Cornale presentó una apelación cuya fecha todavía no ha sido fijada.
El abogado de la multinacional en Italia, doctor Garabeta, sostuvo que, al momento, se encuentra vigente la presunción de no culpabilidad prevista por la legislación italiana en relación al caso adjudicado a Cornale.
La denuncia
El tribunal entendió que existió responsabilidad de parte de la multinacional por la muerte del trabajador Delfino Andrea, víctima de cáncer pulmonar como consecuencia del manejo y exposición al cromo 6, una de la sustancias químicas producidas por la empresa y utilizada en curtiembres. La primera audiencia pública, presidida por los magistrados Sergio Vallarino, Marina Besio y Cristina Dagnino, tuvo lugar el 11 de marzo de 1997, luego que la Fiscalía de Génova iniciara acciones judiciales contra el grupo Sttopani por la muerte de 14 de sus operarios a raíz de cáncer pulmonar.
La multinacional fue absuelta de responsabilidad en el deceso de 13 de los operarios, luego que los abogados defensores adujeran que las muertes fueron producidas por el consumo de cigarrillos. Sin embargo, en el caso de Delfino Andrea, un trabajador no fumador, la justicia italiana entendió que su fallecimiento fue ocasionado por la falta de un adecuado mantenimiento de la planta industrial, la violación de las normas de seguridad laboral de ese país y la exposición continua del operario a vapores y residuos de cromo 6.
El expediente judicial, al que tuvo acceso LA REPUBLICA, señala textualmente que la empresa, encargada de la producción de cromo y bicromo en Cogoleto, era sospechosa de «imprudencia, impericia, negligencia, violación de las normas laborales (artículo 2087 del Código Civil italiano) y que omitió dotar al establecimiento industrial de controles sanitarios como forma de impedir «consecuencias nocivas para el organismo del personal dependiente en la elaboración de cromo no disponiendo oportunamente de los controles ambientales y biológicos requeridos».
Nadie sabía nada
Carlos Maria Cornale, uno de los imputados y condenados por la justicia italiana, fue quien en representación de Dirox SA, según consta en los expedientes 96002652-0 del Ministerio de Medio Ambiente, presentó el 21 de mayo de 1996 el proyecto de instalación de la planta industrial en el kilómetro 48 de la Ruta 1.
Los documentos del Mvotma, que obran en poder de LA REPUBLICA, señalan entre otros aspectos que «el 21 de mayo de 1996 compareció Carlos Maria Cornale, en representación de Dirox» solicitando «la instalación de una unidad multipropósito destinada a la producción para el mercado interno y el Mercosur de productos tales como sulfato de cromo (líquido y en polvo) y taninos sintéticos».
También se expresa que la empresa interesada «autoclasificó el proyecto como de categoría B, lo que fue oportunamente rectificado por la Dirección Nacional de Medio Ambiente notificando el correspondiente certificado de clasificación ambiental en la categoría C.
El 22 de julio de ese año, según lo dispuesto en los artículos 5 (literal C) y 9 del Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental, la multinacional formuló la solicitud de autorización ambiental previa (expediente 96003861-7) acompañada del estudio de impacto ambiental, pero la Dinama entendió como insuficiente los análisis técnicos realizados por la empresa por lo que sugirió el rechazo de la solicitud.
Dos meses después, el 4 de octubre de 1996, el grupo Stoppani presentó una nueva solicitud de autorización ambiental previa, según consta en el expediente 96005669-5.
Esta vez, la Unidad de Evaluación de Impacto Ambiental del Mvotma fue la encargada de elaborar un informe con una serie de observaciones al proyecto. El 29 de noviembre, la cartera de Estado notificó la decisión a la multinacional.
Stoppani volvió a insistir y el 20 de marzo de 1997 sustituyó el estudio de impacto ambiental y el informe ambiental, dos veces observado por la Dinama y la Unidad de Evaluación de Impacto Ambiental, por una nueva versión. El Ministerio solicitó entonces la complementación de la información aportada, la que fue brindada el 2 de junio.
Dos semanas después, el 17 de junio, la Unidad de Impacto Ambiental autorizó la ejecución del proyecto que finalmente fue firmada el 4 de setiembre de 1997 por el entonces secretario de Estado, Juan Chiruchi. Exactamente 117 días después que Plinio Stoppani y Carlos Maria Cornale fueran condenados por la Justicia italiana.
Dirox SA produce vitamina K3 y derivados, sulfato de cromo líquido y polvo, así como taninos sintéticos. El consumo anual de sulfato de cromo a nivel mundial es de 500 mil toneladas. En el mercado americano se consumen 100 mil toneladas al año, mientras que en Uruguay asciende a 2 mil toneladas anuales. La empresa produce una cuota anual de 25 mil toneladas destinada a abastecer al Cono Sur *
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