BANCO DE ORGANOS ANTE OFERTA DE UN DESOCUPADO

"Evaluamos cómo ayudar a ese padre"

La venta de órganos está prohibida», sostuvo la directora del Banco Nacional de Organos y Tejidos, Inés Alvarez, pero entiendo el drama social existente». «Estamos evaluando la posibilidad de, en la medida de nuestras posibilidades, ayudar a este padre de familia que lanzó este pedido de ayuda», afirmó la jerarca.

La drástica decisión de Florencio, un obrero de 42 años y padre de tres adolescentes, de poner en venta sus órganos como forma de rescatar a su familia de la crítica situación económica en la que está inmersa, dada a conocer el pasado miércoles por LA REPUBLICA puso sobre el tapete el drama del desempleo que golpea a miles de uruguayos.

El anuncio del trabajador, desocupado desde hace 17 meses, impactó a la sociedad y varios medios de prensa capitalino se hicieron eco de la noticia.

En este sentido Alvarez, recordó que en Uruguay, el comercio y tráfico de órganos configura un delito carcelable, según establece la Ley Nº 14.005.

«Entendemos la angustia de esta persona ante una situación límite como lo es la falta de trabajo; pero creemos sumamente importante que toda la población tenga presente que el comercio de órganos está prohibido, tanto para quien lo ofrece, como para el receptor», señaló Alvarez. La ley, aprobada el 20 agosto de 1971, prevé en el artículo 13 que «solamente se admitirá la donación en vida o para después de la muerte de órganos o tejidos a favor de una persona determinada, cuando ésta sea pariente del disponente por consanguinidad o afinidad en línea recta o en la colateral hasta el segundo grado».

Asimismo, el artículo 14 deja constancia que el tráfico o venta de órganos será castigado con una pena de seis meses de prisión a cuatro años de penitenciaría. Con la misma pena será castigado el que pagare en dinero o diere provecho por efectuar algunas de las operaciones descriptas precedentemente». También se prevé la suspensión entre 6 meses y 5 años, sin perjuicio de responsabilidades penales, para el personal médico que transgreda la referida ley.

Hasta el momento, que se tenga conocimiento, en Uruguay sólo existe un antecedente de venta de órganos. El hecho, protagonizado entre un «vendedor» y receptor compatriotas, para lo cual se trasladaron a Brasil, ocurrió hace unos años y los protagonistas fueron procesados con prisión.

«Eso fue una especie de medida ejemplarizante, manifestó Alvarez, porque ¿quién puede comprar un órgano? Sólo aquel que tiene dinero y a una persona que se encuentra en una situación extrema. Esto también representa una injusticia social, absolutamente infame. Por eso es importante tener presente esta normativa que mantiene esas premisas de justicia social y de que todos los uruguayos somos iguales, independientemente de la clase social a la que pertenezcamos». *

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