Transcurrió plazo

El acuerdo firmado por la pareja el 29 de enero de 2008 en Melbourne estipuló en su inciso 7º que la madre debería anunciar con dos meses de anticipación la fecha en que tomaría vacaciones junto a sus niñas. El inciso 6º obliga al padre a entregar a las tres hijas en el aeropuerto de Carrasco, según fecha acordada.

Los tres meses de vacaciones irían del 17 de diciembre hasta el 15 de marzo. El abuelo de las pequeñas las estaría aguardando, al igual que, como ya lo hizo el 28 de junio, cuando se debió labrar un acta notarial porque el padre se negó a cumplir lo pactado, y nunca concurrió a la terminal aérea con las menores.

El pasado 17 de octubre, el hombre se negó a ser notificado. Una segunda notificación arribó el día 21 al estudio jurídico que lo representa. En un plazo de apenas diez días, la notificación se considera como rechazada. Y la negativa a ser notificado operará como prueba a favor de la mujer, y en contra del hombre.

En consecuencia, la misma corte judicial española que homologue el acuerdo celebrado en Melbourne pedirá a un juzgado de Uruguay que ordene cumplir lo pactado, para que así la madre pueda ver a sus hijas durante las vacaciones. Pesará contra el hombre su anterior negativa, y las denuncias por golpeador.

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