TIENE LA PALABRA

Reforma del Código del Niño

Señor Director de  LA REPUBLICA

Dr. Federico Fasano Mertens

Como es de conocimiento de la opinión pública, el Senado de la República acaba de darle media sanción a un proyecto de reforma del Código del Niño, en torno al tema adopción. En este momento, dicha reforma está a discusión en Diputados. Pero más allá de que la opinión pública ha sido informada de dicha reforma, entiendo que no lo ha sido en forma correcta y completa.

Hay varios puntos que están en discusión y no se les ha dado la misma difusión, sino que como ocurre muchas veces, se han tomado los temas más revulsivos… aunque esos no sean los fundamentales. Los temas que más «aparecen» en la prensa son el de la posibilidad de adoptar, por parte de parejas homosexuales y la propuesta de que el INAU sea el único organismo encargado de seleccionar las parejas que han de hacerse cargo de una criatura, cuando la misma está apta para ser dada en adopción. Por otra parte, estos dos temas que han provocado tanta «revolución» no son tratados con la debida seriedad, sin contar quienes al opinar dicen cosas que ni siquiera se ajustan a la verdad. En el debatido tema de la posibilidad de recibir hijos en adopción por parte de homosexuales, es sabido que ya están habilitados ya que en el código no está establecido -ni lo puede estar-, que condición sexual debe tener la persona o personas que adoptan. Y es imposible investigarlo. Lo único que cambia es que ahora podría hacerlo la pareja de homosexuales y no sólo uno en particular. Pero esto poco cambia, en cuanto a lo que se plantea en general sobre el riesgo de que el niño no pueda asimilar esa forma de familia (sin contar a los sexofóbicos que «desprecian cuanto ignoran» -al decir de Machado-). Pero éste es sólo uno de los aspectos.

En el tema de que el INAU sea «el único órgano competente para la selección y asignación de familias adoptivas» está muy mal manejado. Muchos insisten -y lamentablemente lo hacen legisladores que debieran tener bien claro el tema- que se deja a los jueces fuera del tema de adopción. Esto es incorrecto.

El juez, en aquellas cosas que le compete actúa en conjunto con el INAU. Lo único que le está vedado es «hacer la selección y asignación de la familia que recibirá al niño en adopción», como lo ha podido hacer hasta ahora, siempre que le haya llegado una petición al respecto a través de una escritura pública. En realidad el juez sigue haciendo su trabajo, el que desaparece es el escribano, que ya no podría presentar dichas solicitudes de «guarda puesta», donde excluye de dicha solicitud al INAU. Ahora para que se dé la guarda, actuarán el INAU -como organismo que protege a los niños y adolescentes- y el juez. Esto no hace más que reafirmar lo que está determinado en el artículo 15 del mismo Código, en el que el numeral H dice: El Estado tiene la obligación de proteger especialmente a los niños y adolescentes respecto a toda forma de:

Situaciones que pongan en peligro su identidad, como adopciones ilegítimas y ventas. En cuanto a la actuación de los jueces, dice en el Artículo 133: «Cuando se entendiere por la Sede que corresponde la inserción del niño o niña en una familia con fines de adopción, deberá encomendar la selección de la familia adoptiva al Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay»…

…»El Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay no podrá disponer la integración familiar de niños, niñas o adolescente en régimen de tenencia con fines de adopción, sin la previa autorización judicial a tales efectos…»

La razón de esta determinación está clara e inobjetablemente establecida cuando en el párrafo siguiente se establece:

«Cuando el Tribunal disponga la entrega de niños o niñas con fines de adopción, el Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay deberá priorizar los adoptantes que ofrezcan una red familiar de apoyo que favorezca su adecuada integración».

Es claro, que el equipo técnico de INAU, con previo estudio de la situación de las parejas y de los niños, podrá determinar cuál es la mejor de las familias para cada niño, cosa que escapa al juez, quien sino, para lo cual, debería designar técnicos que le apoyaran para estudiar las parejas que se presentan sin ser debidamente orientadas para una forma de paternidad distinta.

Hablamos de paternidad distinta, porque en esta forma de paternidad se debe pasar por varias cosas, entre ellas haber hecho el duelo de la imposibilidad de ser padres biológicos y aún más importante, la aceptación de que no sólo no le ocultaremos el pasado a nuestro hijo, sino que además le ayudaremos, en el momento que nos lo solicite, a buscar y conocer a esa familia que es parte de su «raíz».

A simple vista parece simple… Para algunos sí, para otros no. Como madre por adopción y como integrante de una asociación de padres adoptantes, les digo que es necesario previo al encuentro con nuestro hijo, recibir apoyo psicoemocional para atravesar ese obstáculo. Luego todo se hace más fácil.

Pero este mal manejo no es lo grave, lo grave es que hay detrás de esta reforma muchas cosas importantes que aceleraran los procesos y harán que los niños se integren rápidamente en familias adoptantes, sin pasar largos periodos institucionalizados. Un mal manejo y un análisis inescrupuloso, afectaría cosas importantes y no daría solución a ninguna de las tantas carencias que tiene el sistema. Esta ley tiene que ser aprobada, no se puede detener este avance.

Si los señores legisladores están realmente preocupados por el tema de la infancia y de los derechos de los niños que han perdido la protección de su familia de origen, deberían sentarse a conversar seria y concienzudamente sobre estos temas tan delicados. Sólo eso… trabajar con respeto y conciencia y consultar a todos aquellos que le aportarán elementos para una discusión fructífera. Así sea.

MADRE POR ADOPCION C.I. 3.116.329-5

 

En honor a la verdad

Señor Director de LA REPUBLICA

Dr. Federico Fasano Mertens

En la seguridad de vuestra comprensión, solicito a Ud. la publicación de la siguiente aclaración: en la columna de Sherlock del día 24 del corriente, se publica que concurriré a Caracas a apoyar el partido benéfico que allí se jugará, invitado por la Empresa Tenfield.

A efectos de corregir el error de la información, quiero precisar que mi apoyo a dicho partido, y mi probable ida a Caracas obedece a una invitación de la Mutual Uruguaya de Futbolistas Profesionales, en la persona de su presidente Sr. Enrique Saravia, en mi carácter de responsable del Programa Presidencial «K. O. a las Drogas».

Es importante destacar que simultáneamente al partido, se realizará una telemaratón, retransmitida para nuestro país, en la cual pensamos colaborar.

Queremos precisar además que de haber recibido la invitación de la Empresa Tenfield, la hubiera considerado, porque dicha empresa, como por suerte tantas otras, es colaboradora importante de nuestro programa, posibilitando con su apoyo poder continuar la obra que hacemos por los niños, niñas y jóvenes de nuestro país, no solo en el programa «K.O. a las Drogas», sino también en el programa «Básquet crece contigo».

Pero como en todos los órdenes de la vida, siempre corresponde trasmitir la verdad, nos permitimos enviarle esta rectificación a un error que lo sé involuntario.

SIN MAS, LO SALUDA  MUY ATTE.,  HUGO CASADA FERREIRO C.I. 680.923-0

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