Atención de chicos adictos. Tribunal de Apelaciones entendió que realizan "un abordaje inédito"

Fallo favorable a INAU revocó sentencia promovida por Viana

El Tribunal de Apelaciones, con el voto unánime de sus integrantes, revocó la sentencia promovida en 2006 por el fiscal Enrique Viana, luego de determinar que el organismo no ha incurrido en incumplimientos en relación a la atención de los menores adictos a las drogas. El INAU había sido sentenciado a conminaciones económicas de 100 UR diarias, con plazos de 45 días.

Según el nuevo fallo, «resulta acreditado en forma irrebatible que INAU realizó un abordaje inédito de la problemática de la adicción de niños y adolescentes, al punto que serán tres los centros que cumplan tal objetivo», en referencia a los ubicados en Montevideo, Maldonado y San José.

El tribunal indica que «la propia sentenciante reconoce la ampliación de los cupos de asistencia» y que «se emplearon todos los recursos disponibles y se desplegaron todos los esfuerzos necesarios para evitar (…) que se comprometiera la salud y el futuro de los niños y adolescentes».

Por otra parte, establecen que la jurisprudencia, desde 1990, ha entendido que «no pueden imponerse las conminaciones económicas del art. 374 CGP a las personas jurídicas de Derecho Público». Entiende, además, que «INAU tiene imperiosa necesidad de contar con fondos suficientes» para desplegar estas políticas.

 

Plazos acordes

La sentencia promovida por Viana ordenaba «en un plazo de 24 horas, planificar e instrumentar las medidas concretas y necesarias para que a la brevedad o en un plazo máximo de 90 días se ponga en funcionamiento un centro de atención de niños y adolescentes menores de 15 años adictos a las drogas». El Tribunal entiende que el mandato, «aunque no haya sido cumplido en 24 horas, fue cumplido en plazo razonable y antes del inicio de la ejecución».

«Si con la actividad efectivamente cumplida no se logra aún satisfacer la totalidad de las necesidades requeridas como ocurre frecuentemente en tantos otros ámbitos de lo social a cargo del Estado, no es razonable imponer sanciones económicas ni reclamarlas por parte del Ministerio Público», señala el nuevo fallo.

Con este fallo se cierra a favor del INAU la contienda jurídica iniciada en el 2006 por el fiscal Dr. Enrique Viana y que en su momento tuviera amplia repercusión pública.

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