Villlarmarzo. El director de Ordenamiento Territorial defendió la nueva ley

"El que estimula las ocupaciones irregulares es el mismo propietario"

En el mes de mayo fue aprobada la nueva Ley de Ordenamiento Territorial. El texto, que cuenta con 84 artículos, fue muy criticado por la oposición, a raíz de un artículo que establece que las personas que ocupan un predio por más de cinco años tienen la posibilidad de reclamarlo como propio.

Villlarmarzo aseguró que un medio encabezó una campaña y «tuvo durante doce días el tema en primera página sin consultar a nadie del gobierno».

 

­A su entender ¿cuáles fueron las motivaciones de esa campaña?

­Es imposible saber los objetivos, no son explícitos. No podemos saber si es como el canto del tero: criticar un artículo para ver si cae el conjunto de la ley.

 

­¿Qué implicancias tiene esta nueva ley?

­Tiene un alcance mucho mayor que el que se puede deducir leyendo ese artículo. Hace una apuesta muy fuerte a la gestión planificada del territorio. Es pasar de una gestión territorial aleatoria a una planificada.

 

­Uno de los aspectos que más se criticó fue que la ley no respetaba la propiedad.

­Todo lo contrario: la ley se basa en la propiedad privada. Aumenta las competencias de los gobiernos, especialmente los departamentales. Busca que la transacción de la venta sea con escribano público.

 

­ Amparados en la nueva ley los vecinos del asentamiento Kennedy de Maldonado presentaron una demanda exigiendo la propiedad de unas 105 hectáreas.

­Yo no sé qué hay atrás de eso, pero la lectura del artículo 65, que la prensa ha transcrito siempre parcialmente, deja claro que en ese caso no corre. Ese predio pertenece a la intendencia y el artículo se refiere a los terrenos de propiedad privada. Están perdiendo el tiempo.

 

­La Intendencia de Maldonado ha manifestado su molestia por la inversión que ha realizado para el realojo de ese asentamiento.

­Hay gente trabajando para hacer fracasar esa iniciativa del gobierno departamental.

 

Contra la especulación

­¿Cómo es abordado el tema del mercado de suelo?

­Esta ley tiene instrumentos para que los gobiernos departamentales puedan enfrentar las distorsiones del mercado de suelo. La especulación atenta contra el desarrollo económico y productivo.

 

­¿Qué tipo de acción especulativa?

­Por ejemplo las ocupaciones irregulares. El gran favorecido es el propio propietario.

 

­¿Qué tipo de ocupaciones?

­Los asentamientos irregulares. En las últimas dos décadas han sido sustancialmente promovidos por propietarios para aumentar el valor de sus suelos, y si no han sido favorecidos, al menos sí tolerados, porque saben que aumenta el valor del suelo, y se perjudica a familias muy necesitadas.

 

­¿Por qué aumenta el valor del terreno?

­Por el mercado de suelo. Un terreno baldío que está fuera del mercado puede valer, en la periferia urbana, veinte centavos de dólar el metro cuadrado; después de que lo ocupan pasa a valer 20 dólares el metro cuadrado. Los propietarios hacen todo lo posible para que ocupen su terreno; promueven la ocupación. Desde hace veinte años no hay ocupaciones espontáneas en nuestro país. El gobierno anterior expropió y pagó precios propios de barrios como Pocitos. Este gobierno no ha expropiado terrenos para regularizar.

En muchos casos también se vendía el terreno a la familia; la venta era doble. Nadie se asienta gratis: siempre se compra. Este artículo tan polémico ha dado resultado en otros países; viene del derecho romano. Busca que el propietario cuide su terreno. Dice que si en los cinco años hubo acciones para evitar la ocupación no corre la prescripción.

 

IDAS Y VENIDAS

La ley arrancó en setiembre de 2005, en un congreso en Durazno donde se encontraban presentes la mayor parte de los intendentes. Allí se presentó un documento muy breve. Durante todo 2006 se trabajó con las intendencias, y la Comisión Asesora de Ordenamiento Territorial ajustó el proyecto que el Poder Ejecutivo envió al Parlamento en setiembre de ese año.

«Ha sido un tema trabajado. Sobre todo con los intendentes, no hay sorpresas. Además no tiene grandes diferencias con el proyecto de ley que había enviado el gobierno anterior, en mayo del 2000″, afirmó Villarmarzo.

Durante ese período estuvo cinco años en comisión del Senado y nunca llegó a aprobarse. «La estructura y los componentes principales son similares», concluyó el jerarca.

La nueva ley prevé una legislación derivada. Como consecuencia habrá proyectos de ley y decretos departamentales. La Comisión Asesora está integrada por 70 instituciones, entre las que se encuentran cámaras empresariales, sindicatos, la Universidad de la República, ONG e instituciones del Estado. En cuanto a la legislación derivada, ya hay un primer borrador de un proyecto de ley de Directrices Nacionales para el Espacio Costero.

 

El controvertido artículo Nº 65

La ley establece que la prescripción adquisitiva se da en el caso en que las familias que «no superen el nivel de pobreza en sus ingresos y que, no siendo propietarias de inmuebles, sean poseedoras de un predio, no público ni fiscal, con aptitud de ser urbanizado de acuerdo con el instrumento de ordenamiento territorial aplicable, destinado a su vivienda y la de su núcleo familiar durante un período de cinco años». Estas «podrán solicitar a la Sede Judicial competente se declare la adquisición del dominio sobre el mismo por el modo prescripción. La posesión deberá ser ininterrumpida y con ánimo de dueño, pública y no resistida por el propietario (…) No se reconocerá este derecho más de una vez al mismo poseedor. Cuando el predio sea parte de un inmueble, en que existan otros en similar situación, la prescripción adquisitiva podrá gestionarse colectivamente (…) «.

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