Integración a medias. Faltan los representantes de las organizaciones sociales, quienes todavía no designaron delegados

El jueves lanzan oficialmente la JNS

Dentro de las atribuciones de control de la JNS está la «suspensión temporal o definitiva, total o parcial, del pago de cuotas salud en caso de incumplimiento de las obligaciones a cargo de los prestadores», indica el artículo 28 de la Ley Nº18.211.

 

Representantes estatales

Hace unos días el gobierno hizo oficial su representación en la JNS. Como lo adelantó LA REPUBLICA, serán, por el Ministerio de Salud Pública (MSP), el doctor Jorge Basso, quien presidirá la Junta, y el economista Daniel Olesker; por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), Andrés Masoller, y por el Banco de Previsión Social (BPS) el doctor Jorge Papadopulos.

Faltan designar el representante de los usuarios del SNIS, el de los trabajadores (médicos y no médicos) y el de las instituciones de salud.

Todos los cargos son honorarios y deberán presentar una «declaración jurada de bienes e ingresos a cualquier título, a la Junta Asesora en Materia Económico Financiera del Estado», dice la Ley.

Por el momento la labor que debe efectuar la JNS la están realizando el MSP y el BPS, según sea conveniente.

 

Dependiente del MSP

La JNS es un organismo desconcentrado, pero depende del MSP. El Estado tiene mayoría, sobre todo teniendo en cuenta que el voto del presidente vale doble.

Este organismo tiene incidencia en la creación, clausura o suspensión de los servicios médicos; en la construcción, reformas o ampliación de las plantas físicas destinadas a la atención medica, y también en la adquisición, enajenación, y adquisición de derechos sobre bienes inmuebles y equipos sanitarios por parte de los prestadores.

El objetivo principal de esta junta es la administración del Seguro Nacional de Salud (SNS), que cubre a todos los ciudadanos que ingresaron al Fondo Nacional de Salud (Fonasa).

Otra de sus atribuciones es «controlar las relaciones entre los prestadores que integren el Sistema Nacional Integrado de Salud y entre éstos y terceros», dice el texto.

 

Elecciones varias

Los representantes de los usuarios tienen un mecanismo de elección que figura en la ley, y su mandato tendrá una duración máxima de dos años. Los delegados de los prestadores y trabajadores serán propuestos por sus organizaciones.

La JNS contará con Consejos Asesores Honorarios Departamentales y Locales, en donde estarán también los representantes de los usuarios, trabajadores y prestadores.

«Estos Consejos tendrán funciones de asesoramiento, proposición y evaluación en sus respectivas jurisdicciones», explica la Ley, pero sus observaciones y propuestas no serán vinculantes.

Te recomendamos

Publicá tu comentario

Compartí tu opinión con toda la comunidad

chat_bubble
Si no puedes comentar, envianos un mensaje