Escrito por: CONSTANZA MOREIRA (*)
El miércoles 26 de agosto se realizó un debate sobre el proyecto de ley sobre la salud sexual y reproductiva, auspiciado por Cotidiano Mujer y el Semanario Brecha. Ese viernes tuvo lugar una concentración en la explanada del Palacio Legislativo por la despenalización del aborto. Estas medidas están destinadas a reforzar la presencia pública en la discusión que se está dando en el Senado, a propósito del proyecto de Salud Reproductiva. La controversia hoy está básicamente centrada en el capítulo referido a la interrupción voluntaria del embarazo, que consagra la posibilidad de hacerlo por la “sola voluntad de la mujer”, dentro de las doce primeras semanas de la concepción, y lo incorpora como acto médico a las instituciones de salud. Los otros capítulos ya habían sido aprobados durante la anterior presentación del proyecto en 2004, puesto que sólo contenían declaraciones genéricas sobre la importancia de que el Estado velara por los derechos sociales y reproductivos, y diseñara políticas públicas para asegurarlos.
El regreso del proyecto de ley de Salud Sexual y Reproductiva se da en un contexto donde sus defensores consideran que existen ahora mejores condiciones para que sea aprobado. En 2004 el proyecto recibió aprobación de la Cámara de Diputados por una reducida diferencia de votos (47 a 43), pero fracasó en el Senado, el cual decidió desglosar el articulado y no votar el aspecto más importante del proyecto, que es el capítulo referido a la interrupción voluntaria del embarazo.
Los argumentos esgrimidos a favor de la despenalización del aborto, en su momento, fueron de dos tipos: unos enfocaban los problemas de salud que causaban en las mujeres las prácticas clandestinas de interrupción del embarazo. Los otros, en cambio, se centraban sobre el tema de los derechos. Los argumentos esgrimidos a favor de posibilitar la interrupción voluntaria del embarazo como condición para mejorar la salud reproductiva de las mujeres han hecho hincapié en tres puntos. El primero es que por más que existan criterios que criminalizan el aborto, las mujeres seguirán recurriendo a él. El aborto nunca ha conseguido ser “internalizado” como norma y la muestra de ello es que hace setenta años que está prohibido y las mujeres continúan practicándolo. Esto es hasta cierto punto irrefutable, y los datos del sistema de salud así lo evidencian. Por consiguiente, debe generarse un marco de garantías para que este acto se realice en las mejores condiciones que sea posible. Asimismo, es innegable que por más que mejoremos el conocimiento y las prácticas vinculadas a métodos anticonceptivos, siempre habrá una mujer que quede embarazada sin desearlo, y a la cual estemos condenando a practicarse un aborto en forma “ilegal”. Vinculado a este primer argumento hay otro que remite a lo que alguna vez se llamó la “revolución sexual”. Las relaciones sexuales han tendido a desvincularse progresivamente del matrimonio y de la maternidad y la edad de inicio se ha adelantado. Podemos mejorar enormemente la educación sexual, pero las oportunidades de contraer embarazo, en este contexto, son mayores. Además, los estudios disponibles muestran que entre el inicio de las relaciones sexuales y la adopción de un método anticonceptivo hay una separación de tiempo que va desde los seis meses a los dos años. La ocurrencia de un embarazo en ese lapso es altamente probable y no es deseable. El tercer argumento dice que si no despenalizamos el aborto castigaremos, sobre todo, a las mujeres de menores recursos. Estas serán no sólo las que tengan menores recursos económicos para practicárselo, sino, sobre todo, menos información, menos contactos, y por consiguiente, mayor riesgo de que el aborto sea realizado en forma inadecuada, con probabilidad de secuelas (físicas y psicológicas) para su salud sexual y reproductiva futura. En este sentido, la penalización del aborto es una ley con efectos “regresivos” sobre la salud de las mujeres (es decir, castiga más, a quienes están “más abajo”).
El segundo tipo de argumentos refiere a los derechos. Estos argumentos se dividen en tres tipos: los de derechos, los de libertades, y los de la separación entre moral “privada” y norma jurídica. El primero sostiene que obligar a una mujer a llevar a término un embarazo no deseado es una violación a sus derechos más básicos. A este argumento, a veces, se le contrapone el del “derecho a la vida” del embrión. Pero parece inadecuado sostener que el derecho de un embrión esté “antes” (es decir, sea prioritario o moralmente superior) al derecho de la mujer que lo porta, al menos en el marco del derecho público.
Un segundo argumento señala que si no existe la libertad del propio cuerpo, no existe libertad humana en sentido absoluto. La libertad del propio cuerpo fue una de las consignas que se hicieron sentir con más fuerza contra la institución más antigua del mundo: la esclavitud. Un ser humano puede “alquilar” su cuerpo (como cuando nos contratan por hora), pero no puede enajenarlo: vendérselo a otro. Privar a un sujeto de la libertad de su cuerpo es privarlo de su propia condición de ser humano. Así, la libertad de interrumpir un embarazo estaría entre las libertades básicas.
Finalmente, un tercer argumento es el que señala (Oscar Sarlo hizo una intervención en este sentido, en el debate del 26/9/07, citado más arriba) que la norma jurídica no puede estar “sesgada” desde el punto de vista de la moral privada. Es el argumento “liberal” sobre la necesaria separación entre ética pública y moral privada. Según este argumento, al penalizar el aborto estamos obligando a los individuos a someterse a las restricciones que devienen de una cierta moral privada (como la moral religiosa, por ejemplo). Este mismo argumento se usó para promulgar la ley del divorcio. Cada uno puede adherir a la moral privada que quiera, y la norma no puede imponerle ninguna en especial. En este caso, le estamos imponiendo a las mujeres que quieren practicarse un aborto la limitación y el sentido de prohibición que sólo importan bajo cierta moral privada (una que, por ejemplo, estuviera en contra del divorcio, el uso de métodos anticonceptivos, o las relaciones sexuales fuera del matrimonio).
Estos argumentos han estado presentes en el debate antes y después de la actual presentación del proyecto. Pero los impulsores del proyecto pensaron que durante la actual legislatura, dada la mayoría de legisladores frenteamplistas en el Senado, el proyecto tenía más chances de ser apoyado. Quizá no contaron con el anuncio del Presidente, de interponer el veto en caso de que fuera aprobado, pero de más está decir que una amenaza de veto no es un veto efectivo y que aun cuando éste se interpusiera, siempre puede levantarse por los tres quintos de ambas cámaras. Pero hay otra cosa con la que pueden contar, y es con el apoyo mayoritario de la población al proyecto. Tanto, que se está transformando en uno de los temas que reciben el mayor apoyo de la opinión pública. Además, lo apoyan masivamente los jóvenes, las mujeres, y las personas de mayor educación relativa. Así, si el Parlamento lo aprobara, mostraría que puede ir acompañando el paso de la sociedad, en vez de estar unos cuántos pasos más atrás. Hubo una vez un Uruguay en el que la política tenía capacidad de “adelantarse” a la sociedad, y ver más allá o más lejos de su tiempo y su lugar. Ciertamente fue ésta la idea que animó al Uruguay en la primera mitad del siglo XX, aquél que consagró tan tempranamente los derechos sociales, que aprobó una legislación de avanzada para las mujeres y construyó un Estado de Bienestar que fue referencia para muchos países. Si hoy no fuera posible pedirle a la política que sea “de avanzada”, por lo menos podemos pedirle que represente bien a las mayorías. Al menos podemos pedírselo al Parlamento. Y al menos con respecto a las leyes que consagran derechos. *
* Constanza Moreira. Politóloga. Universidad de la República. Este espa
cio fue ocupado desde 1999 por los fermentales análisis de Hugo Cores.
Ante su ausencia es cubierto por Constanza Moreira como homenaje a su memoria y aporte al colectivo.
OTRAS NOTICIAS EN LARED21



