Grata semana

La semana pasada resultó ser muy activa y difusora de la problemática de la discapacidad. El día 3 se conmemoró el 13 aniversario de la proclamación del Día Internacional de la Persona con Discapacidad, que surge luego de finalizar en 1992 la «Década de la Discapacidad». Fecha sumamente importante reconocida por el mundo entero para evocar una causa, símbolo de lucha por una participación plena de la persona con discapacidad en su comunidad.

El 9 de diciembre, se recordó el 31 Aniversario de la Declaración de los Derechos del Impedido proclamada por las Naciones Unidas en la 2.433 sesión plenaria del 9 de diciembre de 1975 y a su vez, se celebró un nuevo año del Día nacional de la Persona Discapacitada dispuesto por Ley 17.003 del 14 de setiembre de 1998.

El 10 de diciembre recordamos el 58 aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos que ampara a todos los seres humanos para que sean libres e iguales en dignidad y derecho.

La Declaración de los Derechos del Impedido surge del compromiso que los Estados Miembros han asumido, en virtud de la Carta de las NNUU, de tomar medidas conjunta o separadamente, en cooperación con la organización, para promover niveles de vida más elevados, trabajo permanente para todos y condiciones de progreso y desarrollo económico y social.

Está basada en la fe de los Derechos Humanos y las libertades fundamentales y los principios de paz, de dignidad y valor de la persona humana y de justicia social proclamados en la carta.

Están presentes, entre otros, en esta declaración, los principios de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, de los Pactos Internacionales de Derechos Humanos, de la Declaración de los derechos del Niño, y de la Declaración de los Derechos de los Retrasados Mentales así como las normas de progreso social ya enunciadas en las constituciones, los convenios, las recomendaciones y las resoluciones de la Organización Internacional del Trabajo, la Organización de las Naciones Unidas para la Edu- cación, la Ciencia y la Cultura, la Organización Mundial de la Salud, el Fondo de las Naciones Unidas para la infancia y otras organizaciones interesadas.

Consciente de todo, se logra proclamar la Declaración de los Derechos del Impedido y se pide a los países miembros que la declaración sirva de base y de referencia comunes para la protección de estos derechos.

Es así que surge la declaración, el 9 de diciembre de 1975, que consta de trece artículos, en los cuales encontramos a quién se designa impedido, los derechos que éstos poseen sin excepción alguna y sin distinción ni discriminación por motivo de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, fortuna, nacimiento o cualquier otra circunstancia, tanto si refiere personalmente al impedido como a su familia.

El impedido tiene derecho a que se respete su dignidad humana, el derecho a disfrutar de una vida decorosa, lo más normal y plena posible.

Tiene los mismos derechos civiles y políticos que los demás seres humanos (el parágrafo 7 de la Declaración de los Derechos de los Retrasados Mentales se aplica a toda posible limitación o supresión de estos derechos para los impedidos mentales).

También tiene derecho a las medidas destinadas a permitirle lograr su mayor autonomía posible. Derecho a recibir atención médica, psicológica y funcional, incluidos los aparatos de prótesis y ortopedia; a la readaptación médica y social, a la educación, a la formación y a la readaptación profesional, a su integración o reintegración social. A su vez posee el derecho a la seguridad económica y social y a un nivel de vida decoroso.

Tiene además el derecho a que se tengan en cuenta sus necesidades particulares en todas las etapas de la planificación económica y social, a vivir en el seno de su familia. Asimismo deberá contar con una asistencia jurídica competente cuando se compruebe que esa asistencia es indispensable y, si fuera objeto de una acción judicial, deberá ser sometido a un procedimiento justo que tenga plenamente en cuenta sus condiciones físicas y mentales.

Las organizaciones de impedidos podrán ser consultadas con provecho respecto a todos los asuntos que se relacionen con los derechos humanos y otros derechos de los impedidos. Esta semana resultó sumamente positiva por el apoyo solidario de la gente que participó en las diversas actividades encaradas por la Comisión Nacional Honoraria del Discapacitado en forma conjunta con la Secretaría de Gestión Social para la persona con discapacidad de la IMM.

En lo personal, por la grata sorpresa de haber recibido un Eslabón Solidario, reconociendo una labor de más de 30 años en la temática y de 15 años al frente de esta columna «Discapacitados hoy», simplemente gracias a todos… *

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