Los servicios de salud deberán responder denuncias de usuarios
Los servicios de salud públicos y privados, de cobertura integral o parcial, deberán contestar las denuncias, quejas y reclamos presentados por los usuarios. Las peticiones que no requieran informes técnicos deberán ser resueltas en un plazo de 48 horas. Y el incumplimiento de lo dispuesto dará lugar a multas de no menos de 1.200 pesos.
«Presentamos ante el Consejo de Ministros una actualización reglamentaria sobre las normas de atención al usuario en el servicio de salud.
Este es un tema muy importante para el Ministerio de Salud Pública (MSP), ya que genera mecanismos que permiten a los usuarios presentar denuncias, peticiones y reclamos ante los servicios de salud públicos y privados», dijo el ministro interino de Salud, Miguel Fernández Galeano.
Las declaraciones fueron realizadas luego de aprobarse un decreto que modifica ocho artículos de otro firmado en octubre de 2002, que refiere a las normas tendientes a garantizar los derechos o intereses de los usuarios de la salud.
El decreto aprobado recientemente obliga a los servicios de salud, tanto públicos como privados, a contestar los reclamos, peticiones o consultas presentadas por los usuarios. Las denuncias deberán formularse, en primera instancia, ante el servicio de salud del hospital o mutualista en cuestión, más precisamente en la Oficina de Atención al Usuario del servicio de salud correspondiente.
Las quejas por asuntos administrativos (que no requieran informes técnicos) deberán estar resueltas por el servicio de salud en un plazo de 48 horas. Mientras que en los casos donde se alegue daño, la decisión tendrá que comunicarse por escrito al usuario en un plazo no mayor a 20 días.
El incumplimiento de los plazos establecidos dará derecho al usuario a presentarse ante el Area de Atención al Usuario de la División de Servicios de Salud de la cartera sanitaria.
No obstante, el decreto autoriza al Ministerio de Salud a sancionar a los servicios de salud por no respetar los plazos estipulados o faltar a su deber.
Para realizar un seguimiento, los servicios de salud deberán remitir mensualmente a la cartera sanitaria (dentro de los primeros días de cada mes) un informe conteniendo el número de denuncias, quejas y reclamos recibidos. *
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