POR DECLARACIONES SOBRE EL CASO MAIKOL CARDOZO

La Suprema Corte consideró ambigua la retractación del administrador del SMU

En el día de ayer El País publicó un artículo donde se informa que Turnes «puntualizó, en audiencia judicial, que no tuvo intención de dañar a la Suprema Corte de Justicia ni el honor del juez en recientes afirmaciones que formuló y que dispararon la instancia de la víspera». A la vez que «ayer al declarar ante el juez, el médico informó que se retractó en una carta que envió a la Corte, a pedido de los propios magistrados» pero que «sin embargo la Corte no aceptó la retractación».

En referencia a esta última la Suprema Corte hizo saber que la nota suscrita por Turnes el 17 de diciembre y dirigida al señor presidente de la Suprema Corte de Justicia no constituye una retractación, por lo que «no puede entenderse como la aceptación de la retractación del administrador general del SMU ante la Suprema Corte de Justicia, sino que, luego de analizado el documento correspondiente, el mismo fue devuelto a su emisor haciéndole saber que sus expresiones no podían considerarse una retractación expresa en razón de la ambigüedad de sus términos».

Actualmente la Justicia Penal interviene en el caso para determinar la tipificación jurídica que le corresponden a Turnes por las declaraciones efectuadas a El País (en diciembre cuando se procesó con prisión a los médicos del caso Maykol Cardozo) cuestionando la actuación del juez de la causa. Fuentes de la Suprema Corte explicaron que no es necesario que el médico envíe una nueva nota de retractación a la institución para detener el proceso en curso, «como el hecho desencadenante tuvo origen en declaraciones a un medio de prensa, basta con que en el mismo medio se retracte o diga que lo antes afirmado no es lo que corresponde para que deje sin efecto la posible desviación». *

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