PAYSANDÚ

Prohíben las carreras de perros de cualquier raza

La Junta Departamental de Paysandú aprobó por unanimidad el proyecto de decreto del intendente Guillermo Caraballo, por el cual se prohíben las carreras de perros de cualquier raza en espectáculos públicos o privados, y con cualquier fin ya sea comercial, recreativo o deportivo en todo el territorio del departamento sanducero. Las multas podrán ser de hasta un máximo de 400 Unidades Reajustables (UR).

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Días pasados la Junta Departamental de Paysandú aprobó por unanimidad el proyecto de decreto de Caraballo por el cual se prohíben las carreras de perros con cualquier fin.

La prohibición entrará en vigencia una vez el intendente promulgue el texto.

Caraballo reconoció que “aún falta una norma nacional que establezca limitaciones a las actividades como las carreras de galgos”, de todos modos destacó que constituye un hecho “políticamente importante” que Paysandú logre este avance e instale un precedente.

Expresó que la Intendencia recibió en su momento una solicitud para “instalar una pista para la realización de carreras de perros y a raíz de la inexistencia de una normativa que lo prohibiera podría haber sido autorizada”.

El jerarca destacó que la prohibición se enmarca en una serie de iniciativas que ha llevado adelante el gobierno departamental de Paysandú que demuestran el compromiso con el bienestar animal.

“Cerramos el Zoológico y donamos a la ONG Amigos de los Animales un vehículo para realizar castraciones”, detalló el jefe de gobierno departamental como ejemplos del “compromiso con el bienestar animal”.

Aseguró que todas las iniciativas “reflejan la sensibilidad del pueblo sanducero con las políticas de protección a los animales”.

El decreto

La propuesta establece:

“La Junta Departamental de Paysandú, en sesión realizada en el día de la fecha, aprobó, sobre tablas, por unanimidad (31 votos en 31), el siguiente: “Decreto No. 7766/2018.

 La Junta Departamental de Paysandú, Decreta:

Artículo 1º. Quedan expresamente prohibidas las carreras de perros cualquiera sea su raza, en espectáculos públicos o privados, y con cualquier fin ya sea comercial, recreativo o deportivo en todo el territorio del departamento de Paysandú.

Artículo 2º. La Intendencia Departamental, a través de sus Direcciones correspondientes, deberá ordenar la realización de procedimientos de fiscalización e inspectivos, así como la incautación de los animales encontrados en tal situación, pudiendo requerir el auxilio o colaboración de la autoridad policial y demás organismos públicos.

Artículo 3º. Los lugares, instituciones, centros que promuevan y/o realicen carreras de perros serán clausurados y pasibles de las multas que se establecerán en la reglamentación del presente decreto, hasta un máximo de 400 UR (cuatrocientas unidades reajustables).

Artículo 4º. Comuníquese”.

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