Rivera reglamentó tenencia de perros

La Junta Departamental de Rivera aprobó una ordenanza municipal sobre «Tenencia responsable de canes», que contiene una serie de particularidades como la creación de un registro de «perros problema», que serán registradoa a través de un tatuaje o microchips.

También estableció una sanción económica para quienes maltraten animales, y la obligación para que los paseadores de perros realicen una prueba de suficiencia para demostrar su idoneidad.

Recientemente, el legislativo comunal aprobó la ordenanza sobre tenencia de perros, cuya finalidad es garantizar un adecuado control de esos animales y prevenir molestias o peligros que pudiesen ocasionar a las personas, bienes y otros animales.

La reglamentación establece la prohibición de matar (excepto en caso de enfermedad incurable o necesidad ineludible), maltratar o abandonar a los canes en espacios de uso público, terrenos baldíos o cualquier otro lugar que suponga una falta de atención permanente o constituya un riesgo para las personas y bienes. En caso de incumplimiento, la comuna aplicará una multa de 1 Unidad Reajustable en primera instancia, 5 Unidades Reajustables en caso de reiteración, y la incautación del animal si se incurre por tercera vez.

Queda establecido que todo perro que esté en espacios públicos debe hacerlo en compañía de su dueño, «quien deberá tener una complexión física adecuada que le permita el dominio sobre el canino.»

El animal deberá ir con collar y correa en todos los casos, así como la identificación que acredite estar al día con la patente exigida por el Ministerio de Salud Pública. Para los canes cuyo peso supere los 20 kg, o de razas consideradas de defensa o guardia, se deberá además usar un collar de ahorque completo o medio ahorque, al cual se ceñirá una correa fuerte y corta que no exceda los 60 cm de longitud, y bozal.

El dueño o tenedor que transite con su perro por estos espacios deberá hacerse responsable de las materias fecales, debiendo retirarlas y depositarlas en lugares adecuados para ello.

La ordenanza prohíbe el ingreso de canes a espacios reservados para juegos infantiles, cercados para la práctica de deportes como canchas, plazas y piscinas, vehículos de transporte público colectivo, entre otros lugares.

Queda también prohibido el adiestramiento de canes en plazas, parques, playas o cualquier otro lugar de uso público, salvo en los lugares especialmente determinados e individualizados por la Intendencia Municipal.

Registro de animales peligrosos

En el capítulo destinado a «canes problema», la ordenanza los define como «todo aquel que cometa un acto agresivo contra personas, animales o cosas en lugares públicos». La Intendencia de Rivera confeccionará un registro con todos los datos de los perros «problema», así como de su propietario o tenedor, identificándose además al animal con tatuaje o microchips que contengan la información que la administración estime conveniente.

Se registrará además en forma separada a los canes que ocasionen perjuicios y molestias de convivencia tales como ruidos molestos, olores o rotura de cercos, entre otros.

La comuna riverense reglamentará las zonas de la ciudad para la instalación de los refugios de las protectoras de animales, y creará un registro de las veterinarias, policlínicas y establecimientos comerciales que se dediquen al tratamiento, cría, adiestramiento y venta de canes.

A su vez, estos establecimientos deberán llevar un registro que detalle información sobre los canes y sus tenedores, «información que se deberá aportar siempre que la autoridad municipal lo requiera». En su artículo 16, la ordenanza establece que todas aquellas personas que se dediquen al paseo de perros y cobren por esa actividad, deberán registrarse en la Intendencia Municipal, la que le realizará una prueba de suficiencia para demostrar su idoneidad para el control de los mismos. *

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