DIFERENCIAS

Juez Arsuaga rechazó las “infundadas” afirmaciones del ministro del Interior Eduardo Bonomi

El juez Letrado en lo Penal de 37º Turno, Gonzalo Arsuaga, rechazó por “infundadas” las expresiones del ministro del Interior, Eduardo Bonomi, referidas a que el magistrado liberó a un delincuente que asesinó a un policía durante una rapiña porque se “enojó” al no disponer de tiempo suficiente para abordar el caso.

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El viernes 2 de marzo El Observador recogió una entrevista que La Nueva Radio de Florida realizó a Bonomi en la que el secretario de Estado manifestó que el juez Arsuaga se “enojó porque no tenía tiempo y liberó al sospechoso de haber asesinado a un policía».

El hecho ocurrió el 30 de diciembre de 2017 durante una rapiña en un supermercado del Cordón.

No se corresponden con lo que ocurrió

Este sábado 3 de marzo el portal del Poder Judicial publicó la opinión del juez Arsuaga quien rechazó tales afirmaciones de Bonomi las cuales -dijo- “no se corresponden con lo que verdaderamente ocurrió”.

Explicó que “momentos antes de vencerse el plazo de 24 horas para tomar declaración a dos detenidos, uno de los cuales era el sospechoso referido por el ministro Bonomi, la fiscal adjunta, Magda Puig, se presentó en el tercer piso de la Oficina Penal Centralizada solicitando audiencia de prórroga de la de formalización”.

El juez agregó que una vez allí “entregó la solicitud de prórroga a una de las actuarias, sin advertir de la inminencia del vencimiento del plazo, lo que fue notado por la mencionada funcionaria, quien se lo hizo saber”.

La Fiscalía consignó que la detención se había producido a la hora 17.20 del día anterior. “Este hecho generó la imposibilidad de ingreso al sistema por vencimiento del plazo de 24 horas aludido, resultando necesario ingresar el asunto como Audiencia de formalización sin detenidos, la que se fijó para la hora 19.10, siendo asignada al doctor Arsuaga”.

El juez tomó conocimiento de la situación a la hora 17:27, cuando se disponía a presidir una audiencia de proceso abreviado.

“La actuaria dijo al magistrado que todavía no se le había asignado el asunto porque para ello resultaba necesario ingresarlo al sistema, y que lo más probable era que efectivamente se le asignara en virtud de que Arsuaga ya había librado las órdenes de detención y autorizado el allanamiento de la vivienda donde fueron ubicados los detenidos”, indicó el Poder Judicial.

Se explica que la audiencia comenzó “a la hora 19.21 y, al efectuarse el control de detención, se pudo establecer, de acuerdo a lo declarado por los imputados y en consonancia con lo establecido por Fiscalía al solicitar la audiencia, que la detención se había producido a la hora 17.20”.

Ante este hecho, “los abogados de cada imputado solicitaron la libertad de sus defendidos por el vencimiento del plazo constitucional previsto por el artículo 16 de la Constitución de la República”.

A raíz de ello, el magistrado “hizo lugar a lo solicitado, y la Fiscalía no impugnó la resolución que recayó en el caso”.

“Nunca existió el ‘enojo’ aludido por el ministro Bonomi, y el episodio se explica en virtud de que el magistrado dio cumplimiento a su obligación de preservar una de las garantías fundamentales que protegen a todos los pobladores del país”, explicó el Poder Judicial en su portal.

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