Tribunal de Apelaciones revocó fallo que ordenaba promover de grado a una escolar
El Tribunal de Apelaciones de Familia de 1º Turno revocó, por unanimidad, el fallo del Juzgado Letrado y desestimó la pretensión de amparo de los padres de una niña para ser promovida a quinto año escolar en un colegio privado de Montevideo.
Los ministros del Tribunal de Apelaciones de Familia: María Lilián Bendahan, Eduardo Cavalli y Álvaro Messere manifestaron en su resolución que “la decisión atacada, puede ser cuestionable, pero está muy lejos de revestir la nota de manifiestamente ilegítima”.
El Poder Judicial difundió el fallo del Tribunal en el cual se indica que el acto cuestionado, la reprobación de 4º año de la niña “podría eventualmente ser cuestionable del punto de vista técnico, pero ello resulta insuficiente para el acogimiento de la pretensión, ventilada, in folios”.
El amparo exige “ilegitimidad manifiesta, extremo que no solo restringe la aplicación de este proceso a situaciones excepcionales, sino que, además debe ser posible con una prueba sumarísima habilitar el acogimiento del mismo”.
En efecto, “es discutible que con la promoción de la niña a 5º año, se cumplan los objetivos previstos por algunos párrafos del artículo 13 de la ley Nº 18.437”.
“Difícilmente pueda admitirse que ‘todos los habitantes del país logren aprendizajes de calidad’ si no se cumplen los objetivos perseguidos en cada año lectivo”.
Hacia el futuro
Desde otra perspectiva, puede considerarse que “se viola el derecho del educando, que en definitiva viene a ser una aplicación del interés superior del niño, si se decide un paso de grado para la niña si no está preparada para ello”, se indica en el fallo aprobado por unanimidad.
El citado interés “debe ser visualizado al futuro más que al presente, y ello es particularmente así en materia de educación. Por ende, la reprobación, aunque hoy pueda parecer perjudicial a su interés, en realidad, podría no serlo”.
Estas consideraciones demuestran claramente que “la decisión atacada, puede ser cuestionable, pero está muy lejos de revestir la nota de ‘manifiestamente ilegítima’. Ello impide la configuración de una ilegitimidad manifiesta y con ello, el cuestionamiento de la decisión técnica sobre el resultado, por parte de los responsables de la Institución y de la Inspección de Primaria”.
Todo lo que lleva a desestimar la demanda, afirma el Tribunal de Apelaciones de Familia.
El juez Gerardo Álvarez había que con la decisión de una docente de no promover a 5º grado a la niña se “afectó un derecho esencial que va más allá del acceso a la educación, esto es, el derecho legítimo de todo niño en cuanto a que su esfuerzo escolar pueda lograr ser coronado con el avance en su carrera educativa y que no se le prive anticipadamente a hacer frente a un nuevo año escolar”.
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