Aclaración de Gustavo Penadés

En la edición del diario LA REPUBLICA del día 2 de marzo de 2004 (Pág. 35, 2ª Sección), se publica una nota que lleva como título «UTE constató ‘hurto de energía’ en un club del Partido Nacional».

El contenido de la misma realiza apreciaciones que no se condicen con la realidad. Con el fin de aclarar dicha situación expresamos que:

1) Desde el mes de agosto del año 2003 la Lista 71 ha utilizado exclusivamente la fachada de la finca cita en Av. Garzón 1342 con fines publicitarios. La misma fue pintada con la autorización de la propietaria que la cedió a tales efectos.

2) Dicha finca no se encontraba ni en ese momento, ni en la actualidad, en condiciones de ser empleada como local de reuniones o actividad partidaria, ya que carecía de instalaciones y servicios necesarios (conexión de agua potable, instalaciones sanitarias, conexión de energía eléctrica, etc.).

3) Por tal motivo en el mismo nunca se realizaron reuniones partidarias, ni actos públicos. No ha estado abierto para el trabajo político y solamente se ha ingresado al interior del mismo para efectuar limpieza y acondicionamientos mínimos con el propósito de dejarlo en condiciones. Estos trabajos se realizaron en horarios diurnos, con luz solar y jamás hubo actividad ni estuvo abierto en horas de la noche, debido justamente a la carencia de energía eléctrica.

4) Recién a partir del día 18 de febrero del presente año existe un contrato de arrendamiento que habilita a tomar posesión del local y realizar las reformas para su funcionamiento adecuado, lo que permitirá gestionar la conexión tanto de energía eléctrica como de agua potable.

5) Una copia del acta de inspección fue entregada en un domicilio vecino al local. La misma tiene fecha del 1º de marzo de 2004 y no del viernes 27 de febrero como se indica en la nota. Allí se expresa que no se encontraba nadie en el local, lo que es lógico ya que reiteramos que no se está realizando ninguna actividad en el mismo.

6) El nombre del cliente de UTE que aparece en el acta no tiene ninguna relación con las partes arrendadora, ni arrendataria.

7) Por último reafirmamos que la Lista 71 no tiene la más mínima responsabilidad en el hecho y que hubiéramos preferido ser consultados antes de editar la nota para realizar estas aclaraciones. Dado que esto no fue así, reclamamos la publicación de la presente. *

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