SIN AUTORIZACIÓN

Casas de cambio deberán informar a clientes que no están autorizadas a recibir depósitos

La Superintendencia de Servicios Financieros emitió una resolución por la cual establece que, ante la recepción de fondos de clientes por parte de una casa de cambio (Cambio Nelson), las casas de cambio, empresas de servicios financieros y empresas administradoras de crédito deberán dar a conocer a sus clientes y al público en general que no se encuentran autorizadas a recibir depósitos.

cambiosTras el cierre de Cambio Nelson y la maniobra fraudulenta de su propietario el ex diputado suplente del Partido Colorado, Francisco Sanabria, la Superintendencia de Servicios Financieros emitió este martes 14 una resolución, en la cual especifica que las casas de cambio deben aclarar que no están autorizadas para recibir depósitos.

En la resolución se expresa que la operativa de captación de depósitos “está restringida a las empresas de intermediación financiera”.

También se indica que a raíz de que se detectó la recepción de fondos de clientes por parte de una casa de cambio, desvirtuando la operativa de pagos y cobranzas, es que resulta conveniente que los clientes de las empresas no autorizadas a recibir depósitos “estén informados en las propias empresas de esa situación”.

Por tal motivo, la Superintendencia resolvió instruir a las casas de cambio, empresas de servicios financieros y empresas administradoras de crédito, que “deberán dar a conocer a sus clientes y al público en general, en su casa central y en todas las dependencias instaladas en el país en donde desarrollen actividades, que no se encuentran autorizadas a recibir depósitos”.

A tales efectos, “deberán exhibir, en sus locales de atención al público y en particular en sus cajas, carteles o pantallas, en caracteres visibles, que expongan la siguiente leyenda: “Esta entidad financiera NO ESTÁ AUTORIZADA A RECIBIR DEPÓSITOS”.

Corresponsalías

En el caso de aquellas entidades que brindan servicios de corresponsalía, por los cuales, pueden prestar servicios de recepción de depósitos para instituciones de intermediación financiera, se deberá incluir también el siguiente texto: “Como corresponsal financiero, esta entidad se encuentra habilitada a prestar servicios de recepción de fondos con el único fin de ser depositados en las instituciones de intermediación financiera de las cuales son corresponsales”.

Asimismo, la información antes referida deberá ponerse a disposición del público en su sitio web, en caso de contar con él.

La instrucción deberá ser implementada a partir del 20 de marzo de 2017.

El pasado 23 de febrero, tras conocerse el cierre de Cambio Nelson, el Banco Central del Uruguay (BCU) expresó que las casas de cambio “no tienen permitida la captación de depósitos, la intermediación en valores ni el otorgamiento de préstamos”, debido a ello el enfoque de la supervisión está dirigido a la prevención del lavado de activos y el financiamiento del terrorismo.

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