Fallos de las Llamadas
La rectificación de los fallos del desfile de Llamadas, pocos minutos después de ser difundidos radialmente por la directora de la División Turismo y Recreación de la IMM, Lilián Kechichián, sobre las siete de la mañana del día siguiente a la culminación del desfile, generó tal como dimos cuenta en su momento, una serie de situaciones encontradas.
El problema fue generado porque al hacer la ratificación final, para trasladarlo al planillado definitivo, luego que la suma y los puntajes se difundieran (en la seguridad de que se había cumplido con todas las formalidades de control), se verificó que dos jurados erróneamente habían calificado con puntajes muy superiores a los topes máximos establecidos por reglamento.
Siguiendo una norma ya aplicada en otra situación similar un año atrás, el jurado, constatada la anomalía resolvió, con el aval de la autoridades comunales, anular la totalidad de los puntajes otorgados por ambos miembros del cuerpo colegiado, tomándose como puntajes válidos solamente el de los cinco jurados que respetaron la reglamentacion establecida.
Esta rectificación naturalmente determinó cambios en muchas ubicaciones, algunas de ellas ya anunciadas con la consabida y explicable molestia de quienes se vieron desplazados. Tal es el caso de Yambo Kenia que en principio fue proclamada como primera y luego de la rectificación, quedó en tercer lugar.
La carta de Yambo Kenia a Kechichián
A pedido del director responsable de Yambo Kenia difundimos la nota que enviase a la directora Lilián Kechichián:
Directora de Turismo y Recreación de la Intendencia Municipal de Montevideo, señora Lilián Kechichián
De mi mayor consideración:
Carlos Larraura, director responsable de la Sociedad de Negros y Lubolos «Yambo Kenia», en relación a la rectificación del fallo del Jurado del Concurso de Llamadas, 2004, estimo del caso formular por este medio las siguientes aclaración y consideraciones:
1°) No cuestioné ni cuestiono la aptitud moral de los miembros del jurado ni de la señora directora, ajena –por lo demás– a la función de laudar sobre la participación que le cupo a los distintos conjuntos en el referido concurso.
2°) Empero, no debió difundirse el resultado en la forma en que se hizo, sin previamente revisarlo a despecho de la ansiedad y expectativa mediáticas, así como de los protagonistas y del público en general.
3°) La divulgación de un primer resultado y su posterior modificación –con ingentes perjuicios económicos y morales para las agrupaciones postergadas– crea suspicacias y recelos ingobernables que es dable excluir mediante el arbitrio de mecanismos de control y seguridad en el proceso de evaluación que debió concluir con un fallo inequívoco y definitivo.
4°) La solución dada a la irregularidad en que incurrieron dos de los miembros del Jurado designados por las agrupaciones participantes (calificar de manera errática y por encima del puntaje máximo autorizado) excluyendo lisa y llanamente toda evaluación de su autoría, no se encuadra entre las no previstas conforme a lo establecido por el artículo 16 del Reglamento, extremo que se autoriza a resolverlas por el Jurado en coordinación con esa Dirección, la solución arbitrada no está, en puridad, de acuerdo con dicho conjunto de normas, en cuanto del artículo 9° se infiere –sin resistencia– que el fallo del jurado se integra con siete opiniones y no con cinco, como a la sazón se verificó. Sin otro particular, le saluda atentamente
Carlos Larraura.
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