ODIO

“Bruja asesina”. La Justicia procesa a un joven por racismo y xenofobia a través de Internet

El juez letrado de Primera Instancia en lo Penal de 11º Turno, Roberto Timbal, procesó sin prisión a un joven de 28 años por cometer el delito de “incitación al odio desprecio o violencia” mediante la publicación de comentarios agraviantes en diferentes sitios de internet y redes sociales contra una persona a la que calificó de “bruja asesina”.

 

justiciaEl juez Timbal dictó en las últimas horas el procesamiento sin prisión de un joven por la comisión de un delito de “incitación al odio, desprecio o violencia mediante la publicación de comentarios agraviantes” en diferentes sitios de internet y redes sociales que el sospechado administraba desde 2013.

Según surge de las actuaciones judiciales, ante denuncia efectuada por una persona que se sintió agraviada y la Comisión Honoraria contra el Racismo, la Xenofobia y toda otra forma de discriminación, se inició una investigación a fin de ubicar a los responsables de las publicaciones en formato de “blogs”, que contenían comentarios agraviantes hacia la denunciante.

Los comentarios hacían alusión a “la religión afroumbandista” que profesa la denunciante, así como frases discriminatorias respecto a “determinados grupos raciales”.

En consecuencia, la Justicia logró establecer que un joven de 28 años de edad, administraba diferentes sitios web con inscripciones y denominaciones tales como: “Alerta Irreligión”, “Gonellismo Oriental” e “Imperio Céltico Gonelliense”.

En dichos sitios de Internet se profesa una “cruzada” tanto “antiaborto”, como “antihomsexualismo” entre otras cosas.

Por otra parte, se pudo determinar, además, que el mismo joven, amparándose bajo el seudónimo de “Silvio Capiscoconi” publicó mensajes relativos a la denunciante calificándola, entre otras cosas, de “bruja asesina”, según informó el Poder Judicial.

También se indicó que todo esto fue “refrendado” por el indagado en interrogatorio practicado en la sede judicial, sin perjuicio de expresar que no fue su intención ofender a ninguna persona y atribuyó las expresiones agraviantes a “su personaje inventado”.

Tratamiento psicoterapéutico

De la pericia psiquiátrica practicada por técnicos del Instituto Técnico Forense, se pudo determinar que el joven “no presenta afección mental que le impida actuar con conciencia y voluntad”.

En atención a la pericia, el representante del Ministerio Público y Fiscal solicitó el “enjuiciamiento sin prisión” por la comisión de un delito de “incitación al odio, desprecio o violencia hacia determinadas personas”.

El magistrado actuante, acogió lo solicitado por la Fiscalía, en el entendido que la conducta dispuesta se adecua a lo establecido por el artículo 149 bis del Código Penal, por lo que resolvió su procesamiento sin prisión, imponiéndosele además la obligación de realizar “tratamiento psicoterapéutico” durante el proceso, debiéndose acreditar dicho cumplimiento ante la sede judicial.

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