DEMANDA

La Justicia desestima millonaria demanda del abobado Daniel Rocca contra Juan Carlos López Mena

La jueza Civil de 16º Turno, María Cristina Crespo, desestimó en todos sus términos, la demanda civil que presentó el abogado Daniel Rocca, contra el empresario argentino Juan Carlos López Mena (propietario de Buquebus) por presuntos haberes impagos en el marco de un asesoramiento legal que realizó en el marco del fallido remate de los aviones que pertenecieron a la ex aerolínea PLUNA.

López Mena. Foto: Archivo AFUSEC.
López Mena. Foto: Archivo AFUSEC.

Rocca se desempeñó durante más de 25 años como asesor legal de Buquebus.

Luego del fallido remate de los aviones de PLUNA, el abogado de López Mena presentó una demanda civil por “honorarios impagos” y presunto “daño moral” y  reclamó el pago de unos 2 millones de dólares por todo concepto.

Contrato previo

Sin embargo, la jueza Crespo desestimó en todos sus términos, la demanda civil de Rocca, contra López Mena.

La magistrada argumentó en su determinación que la labor desplegada por el doctor Rocca “se cumplió en el marco del contrato preexistente con el señor Juan Carlos López Mena y en defensa de sus intereses empresariales y no personales”.

“Todos los servicios profesionales de Rocca se cumplieron con el propósito de invertir en las empresas de López Mena y poner a salvo de posible acreedores los patrimonios societarios. En ningún pasaje de este extenso proceso aparece un asesoramiento personal con el señor López Mena ajeno a los intereses empresariales”, expresó la magistrada en su resolución, de la cual dio cuenta Caras y Caretas Portal.

Crespo también indica que debe “valorarse la existencia de un contrato previo entre las partes, que se concretó de común acuerdo, y que se extendió durante más de 20 años, sin que existiera ningún planteamiento por parte de Rocca para ‘modificar la cuantía de los honorarios’”.

“El litigio debe tener en cuenta la tolerancia del acreedor que recibe una prestación inexacta durante largo tiempo sin protestar o reclamar lo que entiende se le debe”, indica la magistrada en su dictamen.

“El silencio unido a las circunstancias que lo acompañaron permite deducir la voluntad de aceptar la propuesta de su co-contratante. De otra manera, no se explica que continuara recibiendo un importe mensual idéntico al que recibió los meses anteriores”, indicó.

Además la jueza dijo que Rocca “pudo cuestionar esta situación en noviembre de 2012 y no sólo no lo hizo, sino que tácitamente expresó su voluntad de seguir vinculado al contrato hasta el momento en que manifestó su voluntad de ponerle fin”.

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